2013
16
00
00
MINISTERIO DE SALUD
P
2013
16
29
00
SERVICIO DE SALUD MAULE
P
2013
16
29
01
SERVICIO DE SALUD MAULE (01)
01
P
162901
1
INGRESOS
160471048
0
I
P
162901
2
05
TRANSFERENCIAS CORRIENTES
150359012
0
I
P
162901
3
05
- 02
Del Gobierno Central
150359012
0
I
P
162901
4
05
- 02
007
Fondo Nacional de Salud - Atención Primaria
63882245
0
I
P
162901
5
05
- 02
008
Fondo Nacional de Salud - Prestaciones Valoradas
48568879
0
I
P
162901
6
05
- 02
009
Fondo Nacional de Salud - Prestaciones Institucionales
37754010
0
I
P
162901
7
05
- 02
010
Subsecretaría de Salud Pública
153878
0
I
P
162901
8
06
RENTAS DE LA PROPIEDAD
15912
0
I
P
162901
9
07
INGRESOS DE OPERACIÓN
6885937
0
I
P
162901
10
08
OTROS INGRESOS CORRIENTES
2527700
0
I
P
162901
11
08
- 01
Recuperaciones y Reembolsos por Licencias Médicas
2155626
0
I
P
162901
12
08
- 02
Multas y Sanciones Pecuniarias
1029
0
I
P
162901
13
08
- 99
Otros
371045
0
I
P
162901
14
12
RECUPERACIÓN DE PRESTAMOS
655644
0
I
P
162901
15
12
- 10
Ingresos por Percibir
655644
0
I
P
162901
16
15
SALDO INICIAL DE CAJA
26843
0
I
P
162901
17
GASTOS
160471048
0
G
P
162901
18
21
GASTOS EN PERSONAL
66216611
0
G
02
P
162901
19
22
BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO
35557164
0
G
03
P
162901
20
24
TRANSFERENCIAS CORRIENTES
58323484
0
G
P
162901
21
24
- 01
Al Sector Privado
5714
0
G
P
162901
22
24
- 01
461
Centros de Prevención de Alcoholismo y Salud Mental
5714
0
G
P
162901
23
24
- 03
A Otras Entidades Públicas
58317770
0
G
P
162901
24
24
- 03
298
Atención Primaria, Ley N° 19.378
58317770
0
G
P
162901
25
29
ADQUISICIÓN DE ACTIVOS NO FINANCIEROS
346761
0
G
P
162901
26
29
- 04
Mobiliario y Otros
346761
0
G
P
162901
27
35
SALDO FINAL DE CAJA
27028
0
G
P
162901
01
Dotación Máxima de Vehículos 131
162901
02
Incluye:
a) Dotación máxima de Personal
a1) Dotación máxima de personal Ley N° 18.834
- N° de cargos 4.728
a2) Dotación máxima de personal Ley N° 19.664
(personal diurno)
- N° de horas semanales 20.295
a3) Dotación máxima de personal Ley N° 15.076
(personal con 28 horas)
- N° de cargos 191
- N° de horas semanales 5.348
Incluye, en la dotación máxima de personal Ley N° 18.834, hasta 22
cargos que podrán desempeñarse indistintamente de acuerdo al régimen de
remuneraciones del D.L. N° 249, de 1974, o de la Ley N° 15.076 o Ley N°
19.664, con 33 horas semanales y 6 cargos en el Programa de Enfermería
Rural que se desempeñarán de acuerdo al régimen de remuneraciones del
citado decreto ley.
Durante el año 2013, la cantidad máxima de funcionarios que tendrá
derecho a percibir la asignación dispuesta por la Ley N° 19.264 será de
1.049.
b) Horas extraordinarias y Asignación de Turno
b1) Horas extraordinarias año
- Miles de $ 2.062.576
b2) Asignación de Turno, establecida en el artículo 94 del DFL N° 1,
(S), de 2005
- Miles de $ 3.279.936
- N° máximo de funcionarios afectos al sistema de turno integrado por
cuatro funcionarios 1.808
- N° máximo de funcionarios afectos al sistema de turno integrado por
tres funcionarios 15
c) Bonificación Compensatoria de la Asignación de Turno establecida en el
artículo decimotercero transitorio de la Ley N° 19.937.
- Miles de $ 300.327
d) Autorización máxima para gastos en viáticos, en territorio nacional
- Miles de $ 113.797
e) Convenios con personas naturales
- Miles de $ 2.773.109
f) Autorización máxima para cumplimiento artículo septuagésimo tercero de
la Ley N° 19.882, Asignación por Funciones Críticas:
- N° de personas 6
- Miles de $ 45.431
g) Autorización máxima para cumplimiento artículo 98 DFL N° 1, (S), de
2005, Asignación de Responsabilidad:
- N° de personas 170
- Miles de $ 127.264
Los cupos máximos por tipo de establecimiento y el valor individual
anual de la asignación, deberán ser aprobados por Resolución del
Director del Servicio de Salud correspondiente y ajustarse a lo estable-
cido en el inciso segundo del artículo 100 del DFL N° 1, (S), de 2005.
162901
03
Incluye :
Capacitación y Perfeccionamiento, Leyes N°s 18.575, 15.076 y 19.664
- Miles de $ 317.987