2013
16
00
00
MINISTERIO DE SALUD
P
2013
16
46
00
SERVICIO DE SALUD METROPOLITANO OCCIDENTE
P
2013
16
46
01
SERVICIO DE SALUD METROPOLITANO OCCIDENTE (01)
01
P
164601
1
INGRESOS
186548369
0
I
P
164601
2
05
TRANSFERENCIAS CORRIENTES
180089963
0
I
P
164601
3
05
- 02
Del Gobierno Central
180089963
0
I
P
164601
4
05
- 02
007
Fondo Nacional de Salud - Atención Primaria
69677488
0
I
P
164601
5
05
- 02
008
Fondo Nacional de Salud - Prestaciones Valoradas
78138306
0
I
P
164601
6
05
- 02
009
Fondo Nacional de Salud - Prestaciones Institucionales
32125630
0
I
P
164601
7
05
- 02
010
Subsecretaría de Salud Pública
148539
0
I
P
164601
8
06
RENTAS DE LA PROPIEDAD
4295
0
I
P
164601
9
07
INGRESOS DE OPERACIÓN
3756754
0
I
P
164601
10
08
OTROS INGRESOS CORRIENTES
2306726
0
I
P
164601
11
08
- 01
Recuperaciones y Reembolsos por Licencias Médicas
2057955
0
I
P
164601
12
08
- 02
Multas y Sanciones Pecuniarias
1029
0
I
P
164601
13
08
- 99
Otros
247742
0
I
P
164601
14
12
RECUPERACIÓN DE PRESTAMOS
358611
0
I
P
164601
15
12
- 10
Ingresos por Percibir
358611
0
I
P
164601
16
15
SALDO INICIAL DE CAJA
32020
0
I
P
164601
17
GASTOS
186548369
0
G
P
164601
18
21
GASTOS EN PERSONAL
73843899
0
G
02
P
164601
19
22
BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO
48058525
0
G
03
P
164601
20
24
TRANSFERENCIAS CORRIENTES
64240435
0
G
P
164601
21
24
- 01
Al Sector Privado
16412
0
G
P
164601
22
24
- 01
461
Centros de Prevención de Alcoholismo y Salud Mental
16412
0
G
P
164601
23
24
- 03
A Otras Entidades Públicas
64224023
0
G
P
164601
24
24
- 03
298
Atención Primaria, Ley N° 19.378
64224023
0
G
P
164601
25
29
ADQUISICIÓN DE ACTIVOS NO FINANCIEROS
373477
0
G
P
164601
26
29
- 04
Mobiliario y Otros
373477
0
G
P
164601
27
35
SALDO FINAL DE CAJA
32033
0
G
P
164601
01
Dotación Máxima de Vehículos 64
164601
02
Incluye:
a) Dotación máxima de Personal
a1) Dotación máxima de personal Ley N° 18.834
- N° de cargos 4.499
a2) Dotación máxima de personal Ley N° 19.664
(personal diurno)
- N° de horas semanales 21.488
a3) Dotación máxima de personal Ley N° 15.076
(personal con 28 horas)
- N° de cargos 305
- N° de horas semanales 8.540
Incluye, en la dotación máxima de personal Ley N° 18.834, hasta 18
cargos que podrán desempeñarse indistintamente de acuerdo al régimen de
remuneraciones del D.L. N° 249, de 1974, o de la Ley N° 15.076 o Ley N°
19.664, con 33 horas semanales y 1 cargo en el Programa de Enfermería
Rural que se desempeñarán de acuerdo al régimen de remuneraciones del
citado decreto ley.
Durante el año 2013, la cantidad máxima de funcionarios que tendrá
derecho a percibir la asignación dispuesta por la Ley N° 19.264 será de
1.082.
b) Horas extraordinarias y Asignación de Turno
b1) Horas extraordinarias año
- Miles de $ 1.697.031
b2) Asignación de Turno, establecida en el artículo 94 del DFL N° 1,
(S), de 2005
- Miles de $ 4.395.463
- N° máximo de funcionarios afectos al sistema de turno integrado por
cuatro funcionarios 1.752
- N° máximo de funcionarios afectos al sistema de turno integrado por
tres funcionarios 191
c) Bonificación Compensatoria de la Asignación de Turno establecida en el
artículo decimotercero transitorio de la Ley N° 19.937.
- Miles de $ 470.305
d) Autorización máxima para gastos en viáticos, en territorio nacional
- Miles de $ 13.528
e) Convenios con personas naturales
- Miles de $ 2.184.434
f) Autorización máxima para cumplimiento artículo septuagésimo tercero de
la Ley N° 19.882, Asignación por Funciones Críticas:
- N° de personas 15
- Miles de $ 84.276
g) Autorización máxima para cumplimiento artículo 98 DFL N° 1, (S), de
2005, Asignación de Responsabilidad:
- N° de personas 126
- Miles de $ 112.106
Los cupos máximos por tipo de establecimiento y el valor individual
anual de la asignación, deberán ser aprobados por Resolución del
Director del Servicio de Salud correspondiente y ajustarse a lo estable-
cido en el inciso segundo del artículo 100 del DFL N° 1, (S), de 2005.
164601
03
Incluye :
Capacitación y Perfeccionamiento, Leyes N°s 18.575, 15.076 y 19.664
- Miles de $ 316.778