2014
06
00
00
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
P
2014
06
04
00
INSTITUTO ANTÁRTICO CHILENO
P
2014
06
04
01
INSTITUTO ANTÁRTICO CHILENO (01)
01
P
060401
1
INGRESOS
3693799
0
I
P
060401
2
08
OTROS INGRESOS CORRIENTES
16047
0
I
P
060401
3
08
- 01
Recuperaciones y Reembolsos por Licencias Médicas
12716
0
I
P
060401
4
08
- 99
Otros
3331
0
I
P
060401
5
09
APORTE FISCAL
3677752
0
I
P
060401
6
09
- 01
Libre
3677752
0
I
P
060401
7
GASTOS
3693799
0
G
P
060401
8
21
GASTOS EN PERSONAL
1174792
0
G
02
P
060401
9
22
BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO
254567
0
G
03
P
060401
10
24
TRANSFERENCIAS CORRIENTES
2235674
0
G
P
060401
11
24
- 03
A Otras Entidades Públicas
2235674
0
G
P
060401
12
24
- 03
041
Consejo de Política Antártica
1118368
0
G
04
P
060401
13
24
- 03
044
Feria Antártica Escolar
88239
0
G
05
P
060401
14
24
- 03
045
Desarrollo de la Ciencia Antártica Concursable
354954
0
G
06
P
060401
15
24
- 03
046
Plataforma Logística para Apoyo de Actividades Antárticas
440482
0
G
05
P
060401
16
24
- 03
047
Tésis Antárticas
37039
0
G
06
P
060401
17
24
- 03
048
Asociatividad para el Apalancamiento de los Recursos Antárticos
133494
0
G
07
P
060401
18
24
- 03
049
Aligamiento Científico Internacional
63098
0
G
05,07
P
060401
19
29
ADQUISICIÓN DE ACTIVOS NO FINANCIEROS
28766
0
G
P
060401
20
29
- 04
Mobiliario y Otros
8240
0
G
P
060401
21
29
- 05
Máquinas y Equipos
3090
0
G
P
060401
22
29
- 06
Equipos Informáticos
14744
0
G
P
060401
23
29
- 07
Programas Informáticos
2692
0
G
08
P
060401
01
Dotación Máxima de Vehículos 6
060401
02
Incluye :
a) Dotación máxima de personal 44
No regirá la limitación establecida en el inciso segundo del artículo
10 de la Ley N° 18.834, respecto de los empleos a contrata incluidos
en esta dotación.
b) Horas extraordinarias año
- Miles de $ 4.727
c) Autorización máxima para gastos en viáticos
- En Territorio Nacional en Miles de $ 12.951
- En el Exterior en Miles de $ 9.107
d) Convenios con personas naturales
- Miles de $ 38.133
e) Autorización máxima para cumplimiento artículo septuagésimo tercero
de la Ley N° 19.882, Asignación por Funciones Críticas:
- N° de personas 2
- Miles de $ 14.189
f) El personal a contrata del Servicio podrá desempeñar funciones de
carácter directivo que se le asignen o deleguen mediante resolución
fundada del jefe de Servicio, en la que deberá precisarse las
referidas funciones.
Con todo, dicho personal no podrá exceder de 4 funcionarios
060401
03
Incluye :
Capacitación y perfeccionamiento, Ley N° 18.575
- Miles de $ 5.529
060401
04
Para los fines que disponga el Consejo de Política Antártica, en directa
relación con la operación, mantención y desarrollo de actividades en la
Antártica, incluidos los gastos de las expediciones científicas que se
determinen. Con cargo a este programa se podrá efectuar todo tipo de
gastos, incluso de personal a honorarios y viáticos asociados
directamente a su objetivo, además de los gastos inherentes a la mantención
y reparación de bases antárticas. El procedimiento para asignar estos
recursos se establecerá mediante decreto supremo de RR.EE., el que deberá
incluir los criterios de asignación, los proyectos y actividades a
desarrollar y los procedimientos de control para el cumplimiento de los
objetivos establecidos. Los criterios de asignación deberán considerar
modalidades que garanticen su objetividad y transparencia.
060401
05
Con cargo a estos recursos se podrá efectuar todo tipo de gastos necesarios
para la ejecución del programa, incluidos convenios con personas naturales.
060401
06
Se podrá efectuar traspasos a organismos del Sector Público y/o Privado,
destinados a la investigación que se estipule mediante convenio. Dichos
recursos no se incorporarán al presupuesto del organismo público receptor.
060401
07
Con estos recursos se podrán establecer mecanismos de cofinanciamiento para
proyectos de investigación en temas antárticos.
060401
08
Anualmente se entregará a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos un
informe detallado respecto del uso de estos recursos.