2015
07
00
00
MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO
P
2015
07
19
00
COMITÉ INNOVA CHILE
P
2015
07
19
01
COMITÉ INNOVA CHILE
P
071901
1
INGRESOS
33890128
0
I
P
071901
2
05
TRANSFERENCIAS CORRIENTES
31060837
0
I
P
071901
3
05
- 02
Del Gobierno Central
31060837
0
I
P
071901
4
05
- 02
003
De CORFO
3873231
0
I
P
071901
5
05
- 02
005
Programa Fondo de Innovación para la Competitividad
20656584
0
I
P
071901
6
05
- 02
007
Subsecretaría de Energía - Programa 03
1265662
0
I
P
071901
7
05
- 02
009
Estrategia Nacional de Innovación-Subsecretaría de Economía (Prog.12)
5265360
0
I
P
071901
8
08
OTROS INGRESOS CORRIENTES
2829291
0
I
P
071901
9
08
- 99
Otros
2829291
0
I
P
071901
10
GASTOS
33890128
0
G
P
071901
11
21
GASTOS EN PERSONAL
1945756
0
G
01
P
071901
12
22
BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO
844881
0
G
02
P
071901
13
24
TRANSFERENCIAS CORRIENTES
31099491
0
G
P
071901
14
24
- 01
Al Sector Privado
31099491
0
G
P
071901
15
24
- 01
004
Innovación Empresarial
27382429
0
G
03,04
P
071901
16
24
- 01
018
Consorcios Tecnológicos Bío Combustibles
1265662
0
G
P
071901
17
24
- 01
021
Entorno para la Innovación
2451400
0
G
03
P
071901
01
Incluye :
a) Dotación máxima de personal 56
b) Autorización máxima para gastos en viáticos
- En territorio nacional en Miles de $ 17.666
- En el exterior en Miles de $ 22.944
c) Convenios con personas naturales
- Miles de $ 94.760
d) La Corporación de Fomento de la Producción podrá designar en comisión
de servicio a 9 funcionarios, los cuales no estarán afectos a las li-
mitaciones establecidas en el artículo 76 de la Ley N° 18.834.
071901
02
Incluye :
Capacitación y perfeccionamiento, Ley N° 18.575
- Miles de $ 28.979
071901
03
Con cargo a esta asignación se podrán transferir recursos a entidades
públicas y privadas.
Incluye hasta $307.442 miles para la evaluación y/o seguimiento de pro-
yectos y programas.
La contratación de expertos extranjeros, para los fines descritos en el
párrafo precedente, podrá realizarse en casos calificados por resolución
fundada del Director Ejecutivo del Comité, sin sujeción a las exigencias del
artículo 11 de la ley N° 18.834, del artículo 48 del D.L.N° 1.094, de 1975
y del artículo 100 del decreto N°597 de 1984, del Ministerio del Interior. A
estos expertos, se les podrá financiar los gastos de traslado, alojamiento,
alimentación y otros que demanden las actividades.
Se podrá comprometer con cargo a futuros presupuestos hasta $ 15.979.415 miles
por sobre el monto autorizado en esta asignación.
071901
04
Incluye hasta $515.000 miles del presupuesto asignado al Programa de
Innovación Tecnológica Empresarial para la celebración de convenios de
desempeño con Universidades Regionales que realicen un programa de difusión
y acompañamiento a las empresas de la Región, con la finalidad de que formulen proyectos al programa de Innovación Tecnológica Empresarial: Innovación de
Productos o Procesos y Validación y Empaquetamiento de Innovaciones. Las
Universidades ejecutoras serán seleccionadas de conformidad con las normas de contratación pública que resulten aplicables.