<matriz>
  <xs:schema id="matriz" xmlns="" xmlns:xs="http://www.w3.org/2001/XMLSchema" xmlns:msdata="urn:schemas-microsoft-com:xml-msdata">
  <xs:element name="matriz" msdata:IsDataSet="true" msdata:UseCurrentLocale="true">
   <xs:complexType>
    <xs:choice minOccurs="0" maxOccurs="unbounded">
     <xs:element name="cabecera">
      <xs:complexType>
       <xs:sequence>
        <xs:element name="periodo" type="xs:int" minOccurs="0"/>
        <xs:element name="partida" type="xs:string" minOccurs="0"/>
        <xs:element name="capitulo" type="xs:string" minOccurs="0"/>
        <xs:element name="programa" type="xs:string" minOccurs="0"/>
        <xs:element name="nombre" type="xs:string" minOccurs="0"/>
        <xs:element name="glosa_Programa" type="xs:string" minOccurs="0"/>
        <xs:element name="moneda" type="xs:string" minOccurs="0"/>
       </xs:sequence>
      </xs:complexType>
     </xs:element>
     <xs:element name="cuerpo">
      <xs:complexType>
       <xs:sequence>
        <xs:element name="CodInstit" type="xs:string" minOccurs="0"/>
        <xs:element name="Nsecuencial" type="xs:int" minOccurs="0"/>
        <xs:element name="subti" type="xs:string" minOccurs="0"/>
        <xs:element name="item" type="xs:string" minOccurs="0"/>
        <xs:element name="asigna" type="xs:string" minOccurs="0"/>
        <xs:element name="nombre_nuevo" type="xs:string" minOccurs="0"/>
        <xs:element name="monto_pesos" type="xs:decimal" minOccurs="0"/>
        <xs:element name="monto_dolar" type="xs:decimal" minOccurs="0"/>
        <xs:element name="t_tipo_mov" type="xs:string" minOccurs="0"/>
        <xs:element name="Num_Glosa" type="xs:string" minOccurs="0"/>
        <xs:element name="Moneda" type="xs:string" minOccurs="0"/>
       </xs:sequence>
      </xs:complexType>
     </xs:element>
     <xs:element name="glosas">
      <xs:complexType>
       <xs:sequence>
        <xs:element name="CodInstit" type="xs:string" minOccurs="0"/>
        <xs:element name="numglosa" type="xs:string" minOccurs="0"/>
        <xs:element name="Glosa" type="xs:string" minOccurs="0"/>
       </xs:sequence>
      </xs:complexType>
     </xs:element>
    </xs:choice>
   </xs:complexType>
  </xs:element>
 </xs:schema>
 <cabecera>
    <periodo>2015</periodo>
    <partida>09</partida>
    <capitulo>00</capitulo>
    <programa>00</programa>
    <nombre>MINISTERIO DE EDUCACIÓN                                                         </nombre>
    <glosa_Programa></glosa_Programa>
    <moneda>P</moneda>
 </cabecera>
 <cabecera>
    <periodo>2015</periodo>
    <partida>09</partida>
    <capitulo>01</capitulo>
    <programa>00</programa>
    <nombre>SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN                                                      </nombre>
    <glosa_Programa></glosa_Programa>
    <moneda>P</moneda>
 </cabecera>
 <cabecera>
    <periodo>2015</periodo>
    <partida>09</partida>
    <capitulo>01</capitulo>
    <programa>12</programa>
    <nombre>FORTALECIMIENTO DE LA EDUCACION ESCOLAR PUBLICA</nombre>
    <glosa_Programa></glosa_Programa>
    <moneda>P</moneda>
 </cabecera>
    <cuerpo>
      <codigoInstit>090112</codigoInstit>
      <Nsecuencial>1</Nsecuencial>
      <subti>  </subti>
      <item></item>
      <asigna></asigna>
      <nombre_nuevo>INGRESOS</nombre_nuevo>
      <monto_pesos>282868311</monto_pesos>
      <monto_dolar>0</monto_dolar>
      <t_tipo_mov>I</t_tipo_mov>
      <Num_Glosa></Num_Glosa>
      <moneda>P</moneda>
    </cuerpo>
    <cuerpo>
      <codigoInstit>090112</codigoInstit>
      <Nsecuencial>2</Nsecuencial>
      <subti>09</subti>
      <item></item>
      <asigna></asigna>
      <nombre_nuevo>APORTE FISCAL</nombre_nuevo>
      <monto_pesos>282867311</monto_pesos>
      <monto_dolar>0</monto_dolar>
      <t_tipo_mov>I</t_tipo_mov>
      <Num_Glosa></Num_Glosa>
      <moneda>P</moneda>
    </cuerpo>
    <cuerpo>
      <codigoInstit>090112</codigoInstit>
      <Nsecuencial>3</Nsecuencial>
      <subti>09</subti>
      <item>01</item>
      <asigna></asigna>
      <nombre_nuevo>Libre</nombre_nuevo>
      <monto_pesos>282867311</monto_pesos>
      <monto_dolar>0</monto_dolar>
      <t_tipo_mov>I</t_tipo_mov>
      <Num_Glosa></Num_Glosa>
      <moneda>P</moneda>
    </cuerpo>
    <cuerpo>
      <codigoInstit>090112</codigoInstit>
      <Nsecuencial>4</Nsecuencial>
      <subti>15</subti>
      <item></item>
      <asigna></asigna>
      <nombre_nuevo>SALDO INICIAL DE CAJA</nombre_nuevo>
      <monto_pesos>1000</monto_pesos>
      <monto_dolar>0</monto_dolar>
      <t_tipo_mov>I</t_tipo_mov>
      <Num_Glosa></Num_Glosa>
      <moneda>P</moneda>
    </cuerpo>
    <cuerpo>
      <codigoInstit>090112</codigoInstit>
      <Nsecuencial>5</Nsecuencial>
      <subti>  </subti>
      <item></item>
      <asigna></asigna>
      <nombre_nuevo>GASTOS</nombre_nuevo>
      <monto_pesos>282868311</monto_pesos>
      <monto_dolar>0</monto_dolar>
      <t_tipo_mov>G</t_tipo_mov>
      <Num_Glosa></Num_Glosa>
      <moneda>P</moneda>
    </cuerpo>
    <cuerpo>
      <codigoInstit>090112</codigoInstit>
      <Nsecuencial>6</Nsecuencial>
      <subti>21</subti>
      <item></item>
      <asigna></asigna>
      <nombre_nuevo>GASTOS EN PERSONAL</nombre_nuevo>
      <monto_pesos>2060000</monto_pesos>
      <monto_dolar>0</monto_dolar>
      <t_tipo_mov>G</t_tipo_mov>
      <Num_Glosa>01                       </Num_Glosa>
      <moneda>P</moneda>
    </cuerpo>
    <cuerpo>
      <codigoInstit>090112</codigoInstit>
      <Nsecuencial>7</Nsecuencial>
      <subti>22</subti>
      <item></item>
      <asigna></asigna>
      <nombre_nuevo>BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO</nombre_nuevo>
      <monto_pesos>1236000</monto_pesos>
      <monto_dolar>0</monto_dolar>
      <t_tipo_mov>G</t_tipo_mov>
      <Num_Glosa></Num_Glosa>
      <moneda>P</moneda>
    </cuerpo>
    <cuerpo>
      <codigoInstit>090112</codigoInstit>
      <Nsecuencial>8</Nsecuencial>
      <subti>24</subti>
      <item></item>
      <asigna></asigna>
      <nombre_nuevo>TRANSFERENCIAS CORRIENTES</nombre_nuevo>
      <monto_pesos>212765756</monto_pesos>
      <monto_dolar>0</monto_dolar>
      <t_tipo_mov>G</t_tipo_mov>
      <Num_Glosa></Num_Glosa>
      <moneda>P</moneda>
    </cuerpo>
    <cuerpo>
      <codigoInstit>090112</codigoInstit>
      <Nsecuencial>9</Nsecuencial>
      <subti>24</subti>
      <item>03</item>
      <asigna></asigna>
      <nombre_nuevo>A Otras Entidades Públicas</nombre_nuevo>
      <monto_pesos>212765756</monto_pesos>
      <monto_dolar>0</monto_dolar>
      <t_tipo_mov>G</t_tipo_mov>
      <Num_Glosa></Num_Glosa>
      <moneda>P</moneda>
    </cuerpo>
    <cuerpo>
      <codigoInstit>090112</codigoInstit>
      <Nsecuencial>10</Nsecuencial>
      <subti>24</subti>
      <item>03</item>
      <asigna>051</asigna>
      <nombre_nuevo>Fondo de Apoyo a la Educación Pública</nombre_nuevo>
      <monto_pesos>185400000</monto_pesos>
      <monto_dolar>0</monto_dolar>
      <t_tipo_mov>G</t_tipo_mov>
      <Num_Glosa>02                       </Num_Glosa>
      <moneda>P</moneda>
    </cuerpo>
    <cuerpo>
      <codigoInstit>090112</codigoInstit>
      <Nsecuencial>11</Nsecuencial>
      <subti>24</subti>
      <item>03</item>
      <asigna>052</asigna>
      <nombre_nuevo>Programa de Acceso a la Educación Superior</nombre_nuevo>
      <monto_pesos>5796756</monto_pesos>
      <monto_dolar>0</monto_dolar>
      <t_tipo_mov>G</t_tipo_mov>
      <Num_Glosa>03                       </Num_Glosa>
      <moneda>P</moneda>
    </cuerpo>
    <cuerpo>
      <codigoInstit>090112</codigoInstit>
      <Nsecuencial>12</Nsecuencial>
      <subti>24</subti>
      <item>03</item>
      <asigna>053</asigna>
      <nombre_nuevo>Asesoría y Apoyo a la Educación Escolar</nombre_nuevo>
      <monto_pesos>11330000</monto_pesos>
      <monto_dolar>0</monto_dolar>
      <t_tipo_mov>G</t_tipo_mov>
      <Num_Glosa>04                       </Num_Glosa>
      <moneda>P</moneda>
    </cuerpo>
    <cuerpo>
      <codigoInstit>090112</codigoInstit>
      <Nsecuencial>13</Nsecuencial>
      <subti>24</subti>
      <item>03</item>
      <asigna>054</asigna>
      <nombre_nuevo>Perfeccionamiento para Profesionales de la Educación</nombre_nuevo>
      <monto_pesos>4016000</monto_pesos>
      <monto_dolar>0</monto_dolar>
      <t_tipo_mov>G</t_tipo_mov>
      <Num_Glosa>05                       </Num_Glosa>
      <moneda>P</moneda>
    </cuerpo>
    <cuerpo>
      <codigoInstit>090112</codigoInstit>
      <Nsecuencial>14</Nsecuencial>
      <subti>24</subti>
      <item>03</item>
      <asigna>055</asigna>
      <nombre_nuevo>Educación Técnico Profesional</nombre_nuevo>
      <monto_pesos>2060000</monto_pesos>
      <monto_dolar>0</monto_dolar>
      <t_tipo_mov>G</t_tipo_mov>
      <Num_Glosa>06                       </Num_Glosa>
      <moneda>P</moneda>
    </cuerpo>
    <cuerpo>
      <codigoInstit>090112</codigoInstit>
      <Nsecuencial>15</Nsecuencial>
      <subti>24</subti>
      <item>03</item>
      <asigna>056</asigna>
      <nombre_nuevo>Apoyo al Deporte y la Recreación</nombre_nuevo>
      <monto_pesos>2163000</monto_pesos>
      <monto_dolar>0</monto_dolar>
      <t_tipo_mov>G</t_tipo_mov>
      <Num_Glosa>07                       </Num_Glosa>
      <moneda>P</moneda>
    </cuerpo>
    <cuerpo>
      <codigoInstit>090112</codigoInstit>
      <Nsecuencial>16</Nsecuencial>
      <subti>24</subti>
      <item>03</item>
      <asigna>057</asigna>
      <nombre_nuevo>Transporte Escolar Rural</nombre_nuevo>
      <monto_pesos>2000000</monto_pesos>
      <monto_dolar>0</monto_dolar>
      <t_tipo_mov>G</t_tipo_mov>
      <Num_Glosa>08                       </Num_Glosa>
      <moneda>P</moneda>
    </cuerpo>
    <cuerpo>
      <codigoInstit>090112</codigoInstit>
      <Nsecuencial>17</Nsecuencial>
      <subti>33</subti>
      <item></item>
      <asigna></asigna>
      <nombre_nuevo>TRANSFERENCIAS DE CAPITAL</nombre_nuevo>
      <monto_pesos>66805555</monto_pesos>
      <monto_dolar>0</monto_dolar>
      <t_tipo_mov>G</t_tipo_mov>
      <Num_Glosa></Num_Glosa>
      <moneda>P</moneda>
    </cuerpo>
    <cuerpo>
      <codigoInstit>090112</codigoInstit>
      <Nsecuencial>18</Nsecuencial>
      <subti>33</subti>
      <item>03</item>
      <asigna></asigna>
      <nombre_nuevo>A Otras Entidades Públicas</nombre_nuevo>
      <monto_pesos>66805555</monto_pesos>
      <monto_dolar>0</monto_dolar>
      <t_tipo_mov>G</t_tipo_mov>
      <Num_Glosa></Num_Glosa>
      <moneda>P</moneda>
    </cuerpo>
    <cuerpo>
      <codigoInstit>090112</codigoInstit>
      <Nsecuencial>19</Nsecuencial>
      <subti>33</subti>
      <item>03</item>
      <asigna>001</asigna>
      <nombre_nuevo>Asistencia Técnica</nombre_nuevo>
      <monto_pesos>2173712</monto_pesos>
      <monto_dolar>0</monto_dolar>
      <t_tipo_mov>G</t_tipo_mov>
      <Num_Glosa>09                       </Num_Glosa>
      <moneda>P</moneda>
    </cuerpo>
    <cuerpo>
      <codigoInstit>090112</codigoInstit>
      <Nsecuencial>20</Nsecuencial>
      <subti>33</subti>
      <item>03</item>
      <asigna>050</asigna>
      <nombre_nuevo>Infraestructura  Liceos  Tradicionales  Municipales</nombre_nuevo>
      <monto_pesos>13851853</monto_pesos>
      <monto_dolar>0</monto_dolar>
      <t_tipo_mov>G</t_tipo_mov>
      <Num_Glosa>10                       </Num_Glosa>
      <moneda>P</moneda>
    </cuerpo>
    <cuerpo>
      <codigoInstit>090112</codigoInstit>
      <Nsecuencial>21</Nsecuencial>
      <subti>33</subti>
      <item>03</item>
      <asigna>104</asigna>
      <nombre_nuevo>Mejoramiento de Infraestructura Escolar Pública</nombre_nuevo>
      <monto_pesos>50779990</monto_pesos>
      <monto_dolar>0</monto_dolar>
      <t_tipo_mov>G</t_tipo_mov>
      <Num_Glosa>11                       </Num_Glosa>
      <moneda>P</moneda>
    </cuerpo>
    <cuerpo>
      <codigoInstit>090112</codigoInstit>
      <Nsecuencial>22</Nsecuencial>
      <subti>35</subti>
      <item></item>
      <asigna></asigna>
      <nombre_nuevo>SALDO FINAL DE CAJA</nombre_nuevo>
      <monto_pesos>1000</monto_pesos>
      <monto_dolar>0</monto_dolar>
      <t_tipo_mov>G</t_tipo_mov>
      <Num_Glosa></Num_Glosa>
      <moneda>P</moneda>
    </cuerpo>
    <glosas>
      <codigoInstit>090112</codigoInstit>
      <numglosa>01</numglosa>
      <Glosa>Incluye :                                                                             
Convenios con personas naturales                                                      
- Miles de $                                                                 2.060.000
</Glosa>
    </glosas>
    <glosas>
      <codigoInstit>090112</codigoInstit>
      <numglosa>02</numglosa>
      <Glosa>Estos recursos tienen por finalidad  colaborar en el funcionamiento del ser-
vicio educacional que entregan  las municipalidades, ya sea en forma directa 
a través de sus departamentos  de  educación (DAEM) o de corporaciones muni-
cipales, para ser  utilizados  exclusivamente en el funanciamiento  de aque-
llas acciones  propias de la entrega de dicho  servicio  y su  mejoramiento. 
Podrán  destinarse  para los fines  y  obligaciones  financieras  del ámbito 
educativo  que se  requieran para  asegurar  el funcionamiento del  servicio 
educativo  y  serán  considerados  como  ingresos  propios  del   sostenedor 
municipal.
La distribución entre los municipios del país  se realizará de la  siguiente 
forma: 
a) $35.000.000 miles, en partes iguales a cada uno de los municipios.
b) $70.000.000 miles, entre los sostenedores  municipales  en función  de la 
   proporción de la matrícula  de cada uno, respecto del total de la  matrí-
   cula de sostenedores municipales del país, del año escolar 2014.
c) $80.400.000 miles, que serán distribuidos conforme los  criterios, requi-
   sitos  y procedimientos  que  se  determinarán  mediante  resolución  del 
   Ministerio de Educación,  visada por la Dirección de Presupuestos, y  que 
   podrá dictarse a contar de la publicación de esta ley.
   Entre  los criterios  para  la dictación  de  dicha  resolución,  deberán 
   considerarse, entre otros: el número de  establecimientos por  municipio, 
   la ruralidad de los establecimientos  educacionales, así como las  carac-
   terísticas estructurales  de los  territorios comunales,  entendidas como 
   el conjunto de variables  territoriales,  socioeconómicas y  demográficas 
   más significativas,  que inciden y/o determinen  las condiciones bajo las 
   cuales cada municipalidad debe entregar su servicio educacional.
La transferencia  de recursos  estará  sujeta  a la firma de un  convenio de 
desempeño aprobado por resolución exenta y al cumplimiento de los compromisos
establecidos  en él.  Sin perjuicio de lo anterior  se  podrá  anticipar  un 
25% de estos  recursos  al  momento de la  aprobación  del  convenio.  Estos 
convenios incorporarán, entre otros, el compromiso del sostenedor de  llevar 
un  registro de  las actividades implementadas,  así como de los  ingresos y 
gastos  por  establecimiento  educacional,   e  informar  al  Ministerio  de 
Educación,  del estado de  avance de los  compromisos  establecidos  en  los 
convenios, con la periodicidad que allí se establezca.
La distribución de  estos recursos a  los sostenedores  municipales se efec-
tuará por una o más  resoluciones del  Ministerio de Educación,  copia de la 
cual será remitida a la Dirección de Presupuestos.
El  Ministerio  de Educación deberá  informar trimestralmente  a la Comisión 
Especial Mixta de Presupuestos sobre la utilización de estos recursos, y los
avances de los mencionados convenios de desempeño.
</Glosa>
    </glosas>
    <glosas>
      <codigoInstit>090112</codigoInstit>
      <numglosa>03</numglosa>
      <Glosa>El financiamiento de los  proyectos será a través  de convenios directos con
instituciones de educación superior señaladas en el artículo 52 del D.F.L. (Ed.) Nº 2,  
de  2010,  que  hayan obtenido la  acreditación institucional en conformidad 
a lo establecido en la Ley Nº 20.129.
El  Ministerio  de Educación  deberá informar  semestralmente a  la Comisión 
Especial Mixta de Presupuestos sobre la utilización de estos recursos  y los
avances de los mencionados convenios.</Glosa>
    </glosas>
    <glosas>
      <codigoInstit>090112</codigoInstit>
      <numglosa>04</numglosa>
      <Glosa>Incluye recursos para la asesoría y  apoyo pedagógico a los establecimientos
educacionales municipales y de corporaciones municipales, regidos por el DFL
(Ed.) N°2, de  1998.
Con cargo a estos recursos se  podrán  financiar talleres con fines educati-
vos para personas discapacitadas mayores de 24 años.
Estos recursos se ejecutaran conforme a los siguientes decretos del Ministe-
rio de Educación y sus  modificaciones, N°4, de 2007, N°161, de 2006, N°311,
de 2002,  N°312,  de 2002  y  N°33, de 2011,  para  la Educación Parvularia,
Educación  Especial,  Educación Básica,  Educación  Media  y Educación Rural
respectivamente.
Considera  recursos  destinados a  financiar todo  tipo de  gastos, incluido
personal, que demanda  el apoyo de la gestión  curricular  de la transversa-
lidad educativa, para garantizar la  implementación integral del  currículum
en los niveles de enseñanza prebásica, básica y  media, y sus modalidades, y
para el desarrollo de  estrategias, actividades  y  acciones sobre formación
integral, educación sexual y prevención al consumo de drogas,en concordancia
con los planes y programas de estudios de los establecimientos educacionales.
Contempla recursos para implementar un programa  destinado a  entregar becas
para estudiantes  con talento  académico, de  establecimientos educacionales
municipales,  que cursan  entre  segundo  ciclo de educación básica y 4º año
de educación media, el cual se ejecutará conforme lo dispuesto en el Decreto
Nº230, del Ministerio de Educación, de 2007, y sus modificaciones.
El Ministerio  de Educación deberá informar trimestralmente a las Comisiones
de Educación de la Cámara de Diputados y del Senado y a la Comisión Especial
Mixta de Presupuestos, sobre la  utilización de estos recursos y el total de 
beneficiados con cargo a estos recursos por comuna del establecimiento educa-
cional al que asiste.</Glosa>
    </glosas>
    <glosas>
      <codigoInstit>090112</codigoInstit>
      <numglosa>05</numglosa>
      <Glosa>Incluye:
a) Recursos para los  programas de  perfeccionamiento de profesionales de la 
   educación que se desempeñan  en  aulas de  establecimientos educacionales
   municipales y de corporaciones municipales, regidos por el DFL (Ed.) N°2,
   de 1998. 
   El perfeccionamiento con cargo a estos recursos podrá ejecutarse,conforme 
   a los siguientes decretos del Ministerio de Educación, y sus modificacio-
   nes:  del  año  2004  los decretos  Nº 113,  Perfeccionamiento  en  Áreas
   Prioritarias  de  la  Enseñanza  Básica  y  Media y Nº 234,  Programas de
   Formación Continua; del año 2005 los decretos  N°133, Becas de Especiali-
   zación y N°113, Plan de Matemáticas;  y del año 2008 el decreto  Nº324 de
   becas de  especialización del primer ciclo de enseñanza básica.
   Asimismo,considera el financiamiento destinado a los planes de superación
   profesional  a  que  se refiere la Ley  N° 19.961 y el Decreto N° 192, de
   Educación, de 2004, de Evaluación Docente.
   Mediante  Decretos del Ministerio de Educación,  visados por la Dirección
   de Presupuestos, se determinarán los contenidos y formas de ejecución, de
   los nuevos programas de perfeccionamiento.
b) Recursos  para programas de  perfeccionamiento  en el extranjero,  que se 
   ejecutarán  conforme al Decreto N° 664, del  Ministerio de  Educación, de
   2008, y sus modificaciones.
   Se  podrán iniciar a partir de la  fecha de  publicación de esta ley, los
   actos administrativos  que demandan la ejecución del perfeccionamiento en
   el extranjero.
c) Recursos para actividades  de capacitación de asistentes de la  educación 
   que se desempeñen  en los establecimientos educacionales municipales y de
   corporaciones municipales, regidos por el DFL (Ed.) N°2, de 1998.
d) $2.809.000 miles para la ejecución de un  plan  destinado a profesionales
   de la  educación con  el propósito  de adquirir, desarrollar,  y reforzar
   competencias  para  ejercer  el cargo  de  director  de  establecimientos
   educacionales municipales. Podrán participar en este plan los profesiona-
   les de la educación que cumplan los requisitos establecidos en el Art. 6°
   del Decreto N° 044, del Ministerio de Educación, de 2011 y sus  modifica-
   ciones,incluidos aquellos que actualmente ejercen la función de director.
   Este Plan se ejecutará conforme el Decreto N°044, del Ministerio de  Edu-
   cación, de 2011 y sus modificaciones.
e) Financiamiento para fortalecer las capacidades de gestión de los docentes 
   directivos, docentes con  responsabilidad técnico pedagógica, profesiona-
   les asistentes  de la Educación y  sostenedores  de los  establecimientos
   educacionales municipales y de corporaciones municipales, regidos por  el 
   DFL (Ed.) N°2, de 1998,  que se  ejecutará de  acuerdo al Decreto Supremo 
   Nº246, de 2007, y sus modificaciones.
f) $105.987 miles para gastos de operación y de personal.
Semestralmente, dentro de los treinta días siguientes  al término del semes-
tre respectivo, el Ministerio de Educación informará a la Comisión  Especial 
Mixta de Presupuestos sobre el  gasto asociado a este programa, así como los
directores capacitados, el establecimiento  al que pertenecen,  indicando si
corresponden a directivos nuevos o si ya ejercían dichos cargos.</Glosa>
    </glosas>
    <glosas>
      <codigoInstit>090112</codigoInstit>
      <numglosa>06</numglosa>
      <Glosa>Programa destinado al fortalecimiento y articulación de la Formación Técnico 
Profesional,  de acuerdo a lo  establecido en los  Decretos  N°261 de 2007 y 
N°302 de 2011,  ambos del  Ministerio  de Educación, y  sus  modificaciones. 
Considera $65.373 miles para gastos en personal.</Glosa>
    </glosas>
    <glosas>
      <codigoInstit>090112</codigoInstit>
      <numglosa>07</numglosa>
      <Glosa>Considera recursos para  todos los gastos,  incluidos los de  personal,  que 
requiera  la  ejecución de  actividades  de  deporte  y recreación,  y hasta 
$412.000 miles del programa  Elige Vivir  Sano,  destinado a los alumnos  de 
Enseñanza Prebásica, Básica y Media, y sus modalidades,  de  los  estableci-
mientos educacionales municipales regidos por  el D.F.L. (Ed.) N°2,  de 1998 
y  por el  Decreto Ley  N°3.166, de 1980, que  se ejecutarán  conforme a las  
normas dispuestas en el Decreto Supremo  Nº336, del Ministerio de Educación,  
del año 2010, y sus modificaciones.
El  Ministerio de Educación  deberá enviar  semestralmente,  dentro  de  los 
treinta días  siguientes al término  del semestre respectivo,  a la Comisión 
Especial Mixta de Presupuestos y a las Comisiones de Educación  de la Cámara 
de Diputados y  del  Senado, un  informe  detallado con los programas que se 
financien con cargo a esta  asignación, los montos destinados a  cada uno de 
ellos, sus objetivos,  beneficiarios  y los procesos de evaluación periódica 
que se llevan a cabo para analizar su impacto.</Glosa>
    </glosas>
    <glosas>
      <codigoInstit>090112</codigoInstit>
      <numglosa>08</numglosa>
      <Glosa>Recursos destinados a  financiar proyectos que presenten municipios de zonas 
rurales,  que permitan el transporte de alumnos entre el hogar y el estable-
cimiento educacional donde se encuentran matriculados, los que se ejecutarán 
de  acuerdo al Decreto N°0118,  del Ministerio de Educación,  del año 2011 y 
sus modificaciones.</Glosa>
    </glosas>
    <glosas>
      <codigoInstit>090112</codigoInstit>
      <numglosa>09</numglosa>
      <Glosa>Para  financiar  la asistencia  técnica  y/o consultoría  a  sostenedores de 
establecimientos  educacionales municipales y de corporaciones  municipales, 
regidos  por  el DFL  (Ed.) N°2,  de  1998, asociada  a  las actividades  de  
diagnóstico de la infraestructura  de  los  establecimientos  educacionales,  
estudios,  preinversión  y de preparación  y desarrollo  de  los diseños  de 
arquitectura y especialidades, así como la revisión  de antecedentes legales 
y regularización de  los títulos  de dominio, con el objeto de facilitar las 
inversiones   en  infraestructura  para   su  normalización,   reparación  o 
construcción.
Asimismo, podrán financiarse las actividades de gestión técnica, de revisión 
de proyectos y de monitoreo asociados a proyectos de inversión.  
Para estos efectos el  Ministerio de  Educación podrá celebrar convenios con 
personas naturales y/o personas jurídicas públicas o privadas. </Glosa>
    </glosas>
    <glosas>
      <codigoInstit>090112</codigoInstit>
      <numglosa>10</numglosa>
      <Glosa>Estos recursos se ejecutarán conforme lo dispuesto en el Decreto  Nº680, del 
Ministerio de Educación, de 2008, y sus modificaciones.
Los bienes muebles e inmuebles adquiridos  o construidos con los recursos de 
esta asignación ingresarán al patrimonio de la municipalidad respectiva para 
fines educacionales.
El Ministerio  de Educación deberá informar semestralmente  a las Comisiones 
de Educación de la Cámara de Diputados y del Senado y a la Comisión Especial 
Mixta de Presupuestos el desglose comunal de  los fondos  asignados mediante 
estos convenios. Para este efecto,  se entregará en un solo documento infor-
mación referente a:
a) Municipalidad receptora de los fondos.
b) Elementos esenciales del convenio  entre el Ministerio y la Municipalidad
   respectiva, tales como monto  asignado, proyecto a  ejecutar,  estableci-
   miento  educacional  que  será  beneficiado  con  el proyecto,  plazo  de 
   ejecución.</Glosa>
    </glosas>
    <glosas>
      <codigoInstit>090112</codigoInstit>
      <numglosa>11</numglosa>
      <Glosa>Recursos destinados a financiar  construcciones, reparaciones y/o normaliza-
ciones, incluido equipamiento y mobiliario,  de los establecimientos  educa-
cionales  municipales y  de corporaciones  municipales,  regidos por  el DFL  
(Ed.) N°2, de  1998.  Dichas intervenciones  incluirán las obras de  demoli-
ción, desmontaje,  desarme  y similares.  Asimismo,  se podrán financiar las 
actividades  de diagnóstico  de  la infraestructura de  los establecimientos 
educacionales, estudios, preinversión y de  preparación y desarrollo  de los 
diseños de arquitectura y especialidades,  así como  la revisión  de antece-
dentes técnicos,  legales  y regularización  de los títulos de dominio, y el 
monitoreo e inspección técnicas de las obras.
Los  locales de los establecimientos  educacionales beneficiados  con  estos 
recursos,  deberán  destinarse y usarse exclusivamente para fines  educacio-
nales por lo menos treinta años. 
El  Ministerio de  Educación podrá,  mediante  acto administrativo  fundado, 
licitar directamente,  contratar  la ejecución de obras y de todas las demás 
actividades señaladas en el párrafo primero precedente.
Incluye hasta $530.450 miles para infraestructura  transitoria,  como  aulas 
de emergencia, inmuebles no  construidos para  uso educacional, entre otros, 
para suplir  establecimientos  educacionales en construcción  o reparación, 
correspondiendo  al Ministerio de  Educación,  mediante acto  administrativo 
fundado, determinar los establecimientos  beneficiarios. Asimismo, el Minis-
terio podrá ejecutar  directamente las  actividades indicadas  en el párrafo 
precedente, previa dictación de  acto administrativo fundado.  En el caso de 
la infraestructura  transitoria  el  Ministerio de Educación  determinará su 
destino una vez que cesen  las causas que la hicieron necesaria.
El programa incluye hasta  $463.500 miles  para gastos  en personal  y otras 
actividades y  servicios y/o  elementos  de apoyo a  la ejecución  de  estos 
recursos, entre otros, para las actividades  asociadas al diagnóstico  de la 
infraestructura  de  los   establecimientos  elegibles  para  este   aporte, 
estudios,  preinversión, a  la  preparación  y  desarrollo de los diseños de 
arquitectura, y  especialidades, así como  la  revisión de antecedentes téc-
nicos, legales y regularización de los títulos de  dominio, y al seguimiento 
y monitoreo de los proyectos de inversión durante su  ejecución. En caso que 
el Ministerio  de Educación  asuma la calidad  de  unidad  ejecutora,  podrá 
contratar  personas a  honorarios para que cumplan  la función de  inspector 
técnico de obras, los que tendrán la calidad de Agentes  Públicos para todos 
los efectos legales.
Los bienes que se adquieran  o construyan serán de propiedad de la Municipa-
lidad respectiva.</Glosa>
    </glosas>
 </matriz>
