2016
05
00
00
MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA
P
2016
05
05
00
SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO REGIONAL Y ADMINISTRATIVO
P
2016
05
05
02
FORTALECIMIENTO DE LA GESTIÓN SUBNACIONAL (01)
01
P
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1
INGRESOS
11638488
0
I
P
050502
2
09
APORTE FISCAL
11636488
0
I
P
050502
3
09
- 01
Libre
11636488
0
I
P
050502
4
15
SALDO INICIAL DE CAJA
2000
0
I
P
050502
5
GASTOS
11638488
0
G
P
050502
6
24
TRANSFERENCIAS CORRIENTES
11017992
0
G
P
050502
7
24
- 03
A Otras Entidades Públicas
11017992
0
G
P
050502
8
24
- 03
026
Programa Academia Capacitación Municipal y Regional
3421189
0
G
02
P
050502
9
24
- 03
029
Municipalidades
1321946
0
G
03
P
050502
10
24
- 03
031
Programa de Apoyo a la Acreditación de Calidad de Servicios Municipales
269556
0
G
04
P
050502
11
24
- 03
032
Programa de Mejoramiento de la Gestión Municipal
1377426
0
G
05
P
050502
12
24
- 03
033
Fondo Concursable Becas - Ley N°20.742
2697195
0
G
06
P
050502
13
24
- 03
601
Programa de Modernización Municipal
1930680
0
G
07
P
050502
14
33
TRANSFERENCIAS DE CAPITAL
618496
0
G
P
050502
15
33
- 03
A Otras Entidades Públicas
618496
0
G
P
050502
16
33
- 03
016
Municipalidades - Sistema Información Financiera Municipal
618496
0
G
08
P
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17
34
SERVICIO DE LA DEUDA
1000
0
G
P
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18
34
- 07
Deuda Flotante
1000
0
G
P
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19
35
SALDO FINAL DE CAJA
1000
0
G
P
050502
01
Los contratos y convenios que se celebren para la ejecución de este
programa presupuestario serán aprobados por Resolución dictada por el
Subsecretario de Desarrollo Regional y Administrativo, con excepción de
los contratos a honorarios de personas naturales.
050502
02
Una vez publicada la Ley de Presupuestos 2016, esta Subsecretaría de
Desarrollo Regional y Administrativo, mediante Resolución designará a
los integrantes del Directorio de este programa, el cual estará integrado
por actores relevantes del área municipal y de los gobiernos regionales.
El Directorio aprobará los lineamientos generales y las políticas bi-
anuales de capacitación que orientarán la ejecución de estos recursos.
Con todo, la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo,
mediante Resolución establecerá, a más tardar el primer trimestre, las
actividades y tareas específicas a ejecutar, considerando los linea-
mientos aprobados por el Directorio.
Estos recursos se destinarán a la ejecución de actividades de capacita-
ción de funcionarios y autoridades municipales y de los gobiernos
regionales, incluidos aquellos a honorarios, y el personal de las
asociaciones municipales con personalidad jurídica.
Entre las actividades de capacitación podrán financiarse pasantías
nacionales y al extranjero por un monto máximo de $40.000 miles.
Asimismo, con cargo a estos recursos se podrá efectuar todo tipo de
gastos, incluso en personal hasta por $77.850 miles para 4 personas. Las
personas que se contraten con estos recursos podrán tener la calidad de
agentes públicos para todos los efectos legales, conforme a lo que se
establezca en los respectivos contratos.
La Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo, podrá contratar
o convenir, con entidades públicas o privadas, la ejecución de programas
de capacitación específicos.
Los recursos que en virtud de lo anterior se traspasen a organismos del
Sector Público no se incorporarán a sus respectivos presupuestos, sin
perjuicio de la obligación de las entidades receptoras de rendir cuenta a
la Contraloría General de la República.
Durante el año 2016 se podrá comprometer, con cargo a futuros
presupuestos, un mayor gasto de hasta $1.000.000 miles por sobre el monto
autorizado en esta asignación.
050502
03
Estos recursos se destinarán al fortalecimiento de la gestión municipal,
de acuerdo a lo que se establezca en los convenios celebrados entre esta
Subsecretaría y los respectivos municipios. Asimismo, se podrán celebrar
convenios con las asociaciones municipales con personalidad jurídica.
Con el mismo fin, se podrá celebrar convenios con otros órganos de la
administración del Estado acorde lo señalado en el artículo primero de
la Ley N° 18.575.
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04
Con cargo a estos recursos se financiará todo tipo de gastos, incluso en
personal, por un monto de $89.833 miles para 3 personas, que demande el
proceso de medición, evaluación, estudios o publicaciones de la calidad
de la gestión municipal y de los servicios que las municipalidades entre-
gan a la comunidad.
Incluye, asimismo, recursos para contratar evaluadores externos y para la
elaboración de indicadores de gestión y transparencia, definición de
estándares de prestación de servicios, evaluación y/o medición de resulta-
dos, análisis y monitoreo de capacidades de gestión y otros indicadores
de calidad de la gestión municipal.
Las mediciones, evaluaciones y estudios que se realicen deberán ser publi-
cadas trimestralmente en la página web de la Subsecretaría de Desarrollo
Regional y Administrativo.
050502
05
Con cargo a estos recursos se podrán efectuar todo tipo de gastos necesa-
rios para la ejecución de programas de mejoramiento de la gestión
municipal. El destino de los recursos y los municipios beneficiados serán
determinados mediante Resolución de la Subsecretaría de Desarrollo
Regional y Administrativo la cual deberá considerar, entre otros, las
acciones a desarrollar, las metas, plazos y formas de rendir cuenta
de su uso.
La Subsecretaría informará a ambas Cámaras bimestralmente, a más tardar
dentro de los treinta días siguientes a su término, la nómina de
municipios beneficiados y recursos asignados a cada uno. Asimismo, en
igual plazo, dicha información deberá ser publicada en formato electrónico
en su página web.
050502
06
Estos recursos están destinados al cumplimiento de lo establecido en el
artículo 4° de la Ley N°20.742 y su reglamento, aprobado mediante Decreto
Supremo N°1.933 de 2014 del Ministerio del Interior y Seguridad Pública y
sus modificaciones, las cuales deberán contar con la visación de la
Dirección de Presupuestos.
Las Instituciones que impartan los programas de formación deberán estar
acreditadas por la Comisión Nacional de Acreditación.
El número de becas asignadas en la modalidad totalmente e-learning, no
podrá superar el 30% del total de becas asignadas durante el año 2016.
El Directorio de la Academia de Capacitación Regional y Comunal, en su
calidad de administrador del Fondo de Becas, podrá determinar criterios
generales para la asignación y selección de becas en cada concurso.
A objeto de garantizar las obligaciones del becario establecidas en el
reglamento, el funcionario seleccionado deberá presentar a la Subsecreta-
ría de Desarrollo Regional y Administrativo, al momento de suscribir el
convenio, una póliza de seguro de responsabilidad personal, de conformi-
dad con la normativa establecida en la Ley N°10.336, u otro instrumento
que esta Subsecretaría determine como suficiente.
El funcionario seleccionado podrá postergar por un año los beneficios de
la beca o cambiar de programa académico y/o institución de educación
superior a otro que sea equivalente en contenido y calidad, en el caso
que el programa al que postuló no fuera dictado por la universidad o
instituto profesional, o que no fuera aceptado en el programa. La Secre-
taría Ejecutiva determinará el programa e institución de educación
superior en que se podrá hacer efectivo el beneficio de la beca, lo cual
se formalizará mediante Resolución de la Subsecretaría de Desarrollo
Regional y Administrativo.
Con cargo a estos recursos, se podrá financiar todo tipo de gastos
requeridos para la administración del Fondo, hasta por $389.674 miles,
incluso en personal hasta por $247.052 miles para 12 personas.
050502
07
Estos recursos se destinarán al fortalecimiento y mejoramiento de la
gestión municipal de acuerdo a lo que se establezca en el contrato de
préstamo con el Banco Interamericano de Desarrollo(BID), su Reglamento
Operativo y Anexos.
Con cargo a estos recursos se podrá efectuar todo tipo de gastos, incluso
en personal por hasta $99.648 miles para 4 personas, que demande la Unidad
Ejecutora del programa, los que serán transferidos al programa 01 de esta
Subsecretaría.
La Subsecretaría informará a ambas Cámaras del Congreso Nacional trimes-
tralmente, a más tardar dentro de los treinta días siguientes a su
término, la nómina de los municipios beneficiados y recursos asignados a
cada uno. Asimismo, en igual plazo, dicha información deberá ser publicada
en formato electrónico en su página web.
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08
Estos recursos se destinarán a la implementación, mantención y aplicación
de una plataforma tecnológica de servicios (web), compra de hardware y
software, creación y mejoramiento de redes eléctricas y de datos, sus
correspondientes servicios de administración, seguridad, monitoreo y res-
paldo, capacitación y otros destinados a implementar sistemas de gestión
en los municipios.
La aplicación de estos recursos a través de las municipalidades se
efectuará de acuerdo a lo que se establezca en convenios entre la
Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo y los respectivos
municipios.
La Subsecretaría informará a ambas Cámaras del Congreso Nacional trimes-
tralmente, a más tardar dentro de los treinta días siguientes a su
término, la nómina de los municipios beneficiados y recursos asignados a
cada uno. Asimismo, en igual plazo, dicha información deberá ser publicada
en formato electrónico en su página web.