2016
05
00
00
MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA
P
2016
05
69
00
GOBIERNO REGIONAL REGIÓN IX ARAUCANÍA
P
2016
05
69
01
GASTOS DE FUNCIONAMIENTO REGIÓN IX (01)
01
P
056901
1
INGRESOS
4153232
0
I
P
056901
2
06
RENTAS DE LA PROPIEDAD
8219
0
I
P
056901
3
08
OTROS INGRESOS CORRIENTES
4220
0
I
P
056901
4
08
- 01
Recuperaciones y Reembolsos por Licencias Médicas
4200
0
I
P
056901
5
08
- 02
Multas y Sanciones Pecuniarias
10
0
I
P
056901
6
08
- 99
Otros
10
0
I
P
056901
7
09
APORTE FISCAL
4139793
0
I
P
056901
8
09
- 01
Libre
4139793
0
I
P
056901
9
15
SALDO INICIAL DE CAJA
1000
0
I
P
056901
10
GASTOS
4153232
0
G
P
056901
11
21
GASTOS EN PERSONAL
2970301
0
G
02
P
056901
12
22
BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO
497177
0
G
03
P
056901
13
23
PRESTACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL
10
0
G
P
056901
14
23
- 03
Prestaciones Sociales del Empleador
10
0
G
P
056901
15
24
TRANSFERENCIAS CORRIENTES
546788
0
G
P
056901
16
24
- 01
Al Sector Privado
546788
0
G
P
056901
17
24
- 01
050
Pagos Art. 39 Ley N°19.175
546788
0
G
04
P
056901
18
29
ADQUISICIÓN DE ACTIVOS NO FINANCIEROS
136956
0
G
P
056901
19
29
- 03
Vehículos
32934
0
G
P
056901
20
29
- 04
Mobiliario y Otros
26952
0
G
P
056901
21
29
- 05
Máquinas y Equipos
17874
0
G
P
056901
22
29
- 06
Equipos Informáticos
11967
0
G
P
056901
23
29
- 07
Programas Informáticos
47229
0
G
P
056901
24
34
SERVICIO DE LA DEUDA
1000
0
G
P
056901
25
34
- 07
Deuda Flotante
1000
0
G
P
056901
26
35
SALDO FINAL DE CAJA
1000
0
G
P
056901
01
Dotación Máxima de Vehículos 7
056901
02
Incluye :
a) Dotación máxima de personal 98
b) Horas extraordinarias año
- Miles de $ 7.952
c) Autorización máxima para gastos en viáticos
- En Territorio Nacional en Miles de $ 44.816
- En el Exterior en Miles de $ 3.789
d) Convenios con personas naturales
- N° de personas 49
- Miles de $ 663.374
e) Autorización máxima para cumplimiento artículo septuagésimo tercero
de la Ley N° 19.882, Asignación por Funciones Críticas:
- N° de personas 2
- Miles de $ 31.553
056901
03
Incluye :
Capacitación y perfeccionamiento, Ley N°18.575
- Miles de $ 12.971
056901
04
A esta asignación se imputarán los gastos de los consejeros regionales por concepto de:
i. Dietas, de acuerdo a la asistencia a sesiones y comisiones, según lo estipula la
Ley N°19.175 y sus modificaciones.
ii. Gastos de alimentación, alojamiento y traslado, cuando los consejeros regionales
se encuentren en el desempeño de cometidos en representación del gobierno
regional, si éstos se efectúan fuera de su lugar de residencia habitual.
iii. Gastos de alimentación, alojamiento y traslado, cuando deban asistir a sesiones
del consejo y de las comisiones, cuando éstas se realicen fuera de su lugar de
residencia habitual.
iv. Gastos de capacitación de los consejeros, en materias que sean del ámbito de su
competencia, hasta por $10.380 miles. Dichos gastos deberán estar fundamentados en
un Plan Anual de Capacitación, diseñado y aprobado por el propio Consejo.
v. Gastos en seguros contra riesgos de accidentes del trabajo y enfermedades
profesionales, de acuerdo con lo establecido en la Ley N°16.744.
Mediante reglamento regional se determinarán los gastos de traslado y su reembolso,
cuando correspondiese.
Sólo para los fines de calcular el monto máximo de recursos que se pueda disponer para
cometidos al extranjero, se establece que el monto autorizado para gastos reembolsables
en este presupuesto asciende a $157.964 miles.