2016
12
00
00
MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
P
2016
12
02
00
DIRECCIÓN GENERAL DE OBRAS PÚBLICAS
P
2016
12
02
04
DIRECCIÓN DE VIALIDAD (01)
01
P
120204
1
INGRESOS
1032930708
0
I
P
120204
2
06
RENTAS DE LA PROPIEDAD
103800
0
I
P
120204
3
07
INGRESOS DE OPERACIÓN
6820283
0
I
P
120204
4
08
OTROS INGRESOS CORRIENTES
3217800
0
I
P
120204
5
08
- 01
Recuperaciones y Reembolsos por Licencias Médicas
467100
0
I
P
120204
6
08
- 02
Multas y Sanciones Pecuniarias
2750700
0
I
P
120204
7
09
APORTE FISCAL
1022563642
0
I
P
120204
8
09
- 01
Libre
1022563642
0
I
P
120204
9
10
VENTA DE ACTIVOS NO FINANCIEROS
125183
0
I
P
120204
10
10
- 03
Vehículos
73179
0
I
P
120204
11
10
- 05
Máquinas y Equipos
52004
0
I
P
120204
12
15
SALDO INICIAL DE CAJA
100000
0
I
P
120204
13
GASTOS
1032930708
0
G
P
120204
14
21
GASTOS EN PERSONAL
87999241
0
G
02
P
120204
15
22
BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO
8068855
0
G
03,04
P
120204
16
23
PRESTACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL
878051
0
G
P
120204
17
23
- 01
Prestaciones Previsionales
878051
0
G
P
120204
18
24
TRANSFERENCIAS CORRIENTES
882300
0
G
P
120204
19
24
- 01
Al Sector Privado
882300
0
G
P
120204
20
24
- 01
001
Compensación Tránsito con Sobrepeso
882300
0
G
P
120204
21
29
ADQUISICIÓN DE ACTIVOS NO FINANCIEROS
1791359
0
G
P
120204
22
29
- 03
Vehículos
211752
0
G
P
120204
23
29
- 04
Mobiliario y Otros
3114
0
G
P
120204
24
29
- 05
Máquinas y Equipos
1104035
0
G
P
120204
25
29
- 06
Equipos Informáticos
122795
0
G
P
120204
26
29
- 07
Programas Informáticos
349663
0
G
P
120204
27
31
INICIATIVAS DE INVERSIÓN
937156766
0
G
05,06,07,08
P
120204
28
31
- 01
Estudios Básicos
1487890
0
G
P
120204
29
31
- 02
Proyectos
935668876
0
G
09
P
120204
30
32
PRÉSTAMOS
-3946864
0
G
P
120204
31
32
- 06
Por Anticipos a Contratistas
-3946864
0
G
P
120204
32
34
SERVICIO DE LA DEUDA
1000
0
G
P
120204
33
34
- 07
Deuda Flotante
1000
0
G
P
120204
34
35
SALDO FINAL DE CAJA
100000
0
G
P
120204
01
Dotación Máxima de Vehículos 886
120204
02
Incluye :
a) Dotación máxima de personal 4.950
b) Horas extraordinarias año
- Miles de $ 1.589.182
c) Autorización máxima para gastos en viáticos
- En Territorio Nacional en Miles de $ 9.724.230
- En el Exterior en Miles de $ 118.067
d) Convenios con personas naturales
- N° de personas 78
- Miles de $ 2.004.059
e) Autorización máxima para cumplimiento artículo septuagésimo tercero
de la Ley N° 19.882, Asignación por Funciones Críticas:
- N° de personas 89
- Miles de $ 701.876
120204
03
Incluye :
Capacitación y perfeccionamiento, Ley N° 18.575
- Miles de $ 389.126
120204
04
Incluye hasta $ 189.124 miles, destinados exclusivamente a la
contratación de estudios e investigaciones,inherentes a la Institución.
120204
05
Para cumplimiento del artículo 103 (D.F.L. N°850 de 1997), y sin
sujeción a lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley N°18.091, se
podrá poner fondos a disposición de dependencias de otros Organismos
del Sector Público. Estos recursos, se entregarán a través de la
Dirección General de Obras Públicas y no se incorporarán a los
presupuestos de los Organismos receptores, sin perjuicio de la
obligación de las Entidades receptoras de rendir cuenta ante la
Contraloría General de la República. No obstante, éstos deberán
informar mensualmente a dicha Dirección sobre el gasto efectivo y
avance de las obras que se ejecuten.
120204
06
Con cargo a estos recursos se podrán financiar proyectos de inversión
en construcción, habilitación, mejoramiento y conservación de caminos
comunitarios ubicados en territorios regidos por la Ley N°19.253 (Ley
Indígena).
Con esa finalidad, la Dirección de Vialidad, podrá celebrar convenios
de ejecución de obras con los Gobiernos Regionales y/o las
Municipalidades; Entidades que durante el primer trimestre del
año 2016 deberán presentar a la Dirección de Vialidad el listado de
proyectos y obras a ejecutar, señalando asimismo los recursos
regionales, comunales o del sector privado comprometidos en
participar en el financiamiento conjunto de proyectos que se estimare
procedente. Definido el programa de obras a ejecutar, la inversión
de estos recursos podrá efectuarse directamente por la Dirección
de Vialidad o las Municipalidades.
La Dirección de Vialidad, a través de sus Direcciones Regionales,
podrá celebrar convenios con los Gobiernos Regionales y/o
Municipalidades para el financiamiento y ejecución de pasarelas
fluviales, de obras de conservación, rehabilitación y mejoramiento
de huellas y caminos de uso público. La Dirección de Vialidad,
como unidad técnica en la materia, de acuerdo a su disponibilidad
de recursos, establecerá el programa definitivo de proyectos a
ejecutar. Con todo, la determinación de los proyectos y programas
específicos que se financiarán podrán también corresponder
a dichas Municipalidades junto con la ejecución de obras, lo cual
requerirá previo visto bueno de la Dirección de Vialidad Regional.
La Dirección de Vialidad podrá, a través de administración directa o
mediante mandato al Cuerpo Militar del Trabajo, ya sea por contrato de
obra pública o compra de servicio, realizar proyectos de conservación,
rehabilitación y mejoramiento de huellas y caminos vecinales públicos
o privados de uso público, previo compromiso formal de la
transferencia de la faja respectiva de estos últimos, incluyendo
mejoramiento de huellas en sectores limítrofes para facilitar el
control de Carabineros y fitosanitario.
Asimismo, la Dirección de Vialidad, atendida la categoría de camino
abierto al uso público, podrá desarrollar iniciativas de inversión en
caminos de la Ex–Cora, o vecinales.
Con cargo a estos recursos la Dirección de Vialidad podrá ejecutar
obras de construcción, mejoramiento y conservación en aquellas zonas
urbanas que sean imprescindibles para conectar o dar continuidad al
camino público.
La Dirección de Vialidad deberá entregar semestralmente a la Comisión
Especial Mixta de Presupuestos, un informe en detalle sobre el estado
de avance de las metas para la consolidación conectividad vial,
protección de zonas urbanas y rurales y habitabilidad de la Región de
la Araucanía, asociados al eje infraestructura y conectividad del Plan
Araucanía. La Dirección de Vialidad informará trimestralmente a la
Comisión Especial Mixta de Presupuestos el programa de habilitación y
mejoramiento de huellas y caminos vecinales, de manera regionalizada.
La Dirección de Vialidad informará trimestralmente a la Comisión
Especial Mixta de Presupuestos, y de manera regionalizada, el avance
de obras señaladas en esta glosa.
120204
07
En la ejecución de las etapas que involucren los estudios, la construc-
ción, el mejoramiento y/o la mantención de las obras de la Ruta 7, en
torno al eje definitivo que se determine, la CONAF deberá aprobar o
rechazar dentro de los plazos legales el Programa de Corta y de Refo-
restación que el Ministerio formule en el contexto del Plan de Manejo
de Obras Civiles. Trimestralmente se informará a la Comisión Especial
Mixta de Presupuestos el estado de las resoluciones en relación con el
PMOC de la referida ruta 7.
La Dirección de Vialidad informará trimestralmente de los avances
en estudios, franja fiscal, habilitación de senda de penetración
y caminos en la Ruta 7 entre Puerto Montt-Ralún hasta Puerto
Williams.
120204
08
El Ministerio de Obras Públicas informará trimestralmente a las Comi-
siones Especial Mixta de Presupuestos y de Obras Públicas del Senado,
acerca del grado de avance de las obras de reparación del puente sobre
el río Cau-Cau.
120204
09
Se deberá informar semestralmente a la Comisión Especial Mixta de
Presupuestos sobre los recursos que sean destinados para financiar
proyectos de construcción, rehabilitación, limpieza y reconstrucción
en la Región de Atacama.