2016
16
00
00
MINISTERIO DE SALUD
P
2016
16
31
00
SERVICIO DE SALUD CONCEPCIÓN
P
2016
16
31
01
SERVICIO DE SALUD CONCEPCIÓN (01)
01
P
163101
1
INGRESOS
183557780
0
I
P
163101
2
05
TRANSFERENCIAS CORRIENTES
175074406
0
I
P
163101
3
05
- 02
Del Gobierno Central
175074406
0
I
P
163101
4
05
- 02
007
Fondo Nacional de Salud - Atención Primaria
42867974
0
I
P
163101
5
05
- 02
008
Fondo Nacional de Salud - Prestaciones Valoradas
70580122
0
I
P
163101
6
05
- 02
009
Fondo Nacional de Salud - Prestaciones Institucionales
61267822
0
I
P
163101
7
05
- 02
010
Subsecretaría de Salud Pública
358488
0
I
P
163101
8
07
INGRESOS DE OPERACIÓN
3752037
0
I
P
163101
9
08
OTROS INGRESOS CORRIENTES
3799269
0
I
P
163101
10
08
- 01
Recuperaciones y Reembolsos por Licencias Médicas
2920095
0
I
P
163101
11
08
- 99
Otros
879174
0
I
P
163101
12
12
RECUPERACIÓN DE PRESTAMOS
907619
0
I
P
163101
13
12
- 10
Ingresos por Percibir
907619
0
I
P
163101
14
15
SALDO INICIAL DE CAJA
24449
0
I
P
163101
15
GASTOS
183557780
0
G
P
163101
16
21
GASTOS EN PERSONAL
94150827
0
G
02
P
163101
17
22
BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO
52097913
0
G
03
P
163101
18
23
PRESTACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL
10309
0
G
P
163101
19
23
- 02
Prestaciones de Asistencia Social
10309
0
G
P
163101
20
23
- 02
004
Ayudas Económicas y Otros Pagos Preventivos
10309
0
G
P
163101
21
24
TRANSFERENCIAS CORRIENTES
36960762
0
G
P
163101
22
24
- 01
Al Sector Privado
7086
0
G
P
163101
23
24
- 01
461
Centros de Prevención de Alcoholismo y Salud Mental
7086
0
G
P
163101
24
24
- 03
A Otras Entidades Públicas
36953676
0
G
P
163101
25
24
- 03
298
Atención Primaria, Ley N° 19.378
36953676
0
G
P
163101
26
29
ADQUISICIÓN DE ACTIVOS NO FINANCIEROS
313520
0
G
P
163101
27
29
- 04
Mobiliario y Otros
313520
0
G
P
163101
28
35
SALDO FINAL DE CAJA
24449
0
G
P
163101
01
Dotación Máxima de Vehículos 67
163101
02
Incluye:
a) Dotación máxima de Personal
a1) Dotación máxima de personal Ley N° 18.834
- N° de cargos 4.119
a2) Dotación máxima de personal Ley N° 19.664
(personal diurno)
- N° de horas semanales 23.300
a3) Dotación máxima de personal Ley N° 15.076
(personal con 28 horas)
- N° de cargos 204
- N° de horas semanales 5.712
Incluye, en la dotación máxima de personal Ley N° 18.834, hasta 1
cargo que se podrá desempeñar indistintamente de acuerdo al régimen de
remuneraciones del D.L. N° 249, de 1974, o de la Ley N° 15.076 o Ley N°
19.664, con 33 horas semanales y 1 cargo en el Programa de Enfermería
Rural que se desempeñará de acuerdo al régimen de remuneraciones del
citado decreto ley.
Durante el año 2016, la cantidad máxima de funcionarios que tendrá
derecho a percibir la asignación dispuesta por la Ley N° 19.264 será de
776.
b) Horas extraordinarias y Asignación de Turno
b1) Horas extraordinarias año
- Miles de $ 1.842.122
b2) Asignación de Turno, establecida en el artículo 94 del DFL N°1,
(S), de 2005
- Miles de $ 3.794.295
- N° máximo de funcionarios afectos al sistema de turno integrado por
cuatro funcionarios 1.592
- N° máximo de funcionarios afectos al sistema de turno integrado por
tres funcionarios 63
c) Bonificación Compensatoria de la Asignación de Turno establecida en el
artículo decimotercero transitorio de la Ley N° 19.937.
- Miles de $ 395.210
d) Autorización máxima para gastos en viáticos, en territorio nacional
- Miles de $ 181.086
e) Convenios con personas naturales
e1) Personas asimiladas a la Ley N°18.834
- N° de personas 1.184
- Miles de $ 6.177.073
e2) Contratos con personal asimilado a las Leyes N°s 19.664 ó 15.076
- N° de contratos 192
- Miles de $ 2.727.200
f) Autorización máxima para cumplimiento artículo septuagésimo tercero de
la Ley N° 19.882, Asignación por Funciones Críticas:
- N° de personas 9
- Miles de $ 66.311
g) Autorización máxima para cumplimiento artículo 98 DFL N°1, (S), de
2005, Asignación de Responsabilidad:
- N° de personas 94
- Miles de $ 96.507
Los cupos máximos por tipo de establecimiento y el valor individual
anual de la asignación, deberán ser aprobados por Resolución del
Director del Servicio de Salud correspondiente y ajustarse a lo estable-
cido en el inciso segundo del artículo 100 del DFL N° 1, (S), de 2005.
h) Autorización máxima para la aplicación del Art. 35 de la Ley N°19.664,
Asignación de Estímulo:
- Miles de $ 3.083.598
Mediante Resolución fundada de los directores de los Servicios de Salud,
se establecerán las causales y los porcentajes específicos asignados
para cada uno de los conceptos que componen la Asignación de Estímulo,
de acuerdo con el reglamento contenido en el Decreto N°847 de 2001, del
Ministerio de Salud, con las necesidades de los establecimientos de su
dependencia y las disponibilidad presupuestaria establecida en la glosa.
163101
03
Incluye :
Capacitación y Perfeccionamiento, Leyes N°s 18.575, 15.076 y 19.664
- Miles de $ 285.562