2016
22
00
00
MINISTERIO SECRETARÍA GENERAL DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
P
2016
22
01
00
SECRETARÍA GENERAL DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
P
2016
22
01
01
SECRETARÍA GENERAL DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA (01,02,06)
01,02,06
P
220101
1
INGRESOS
9803262
0
I
P
220101
2
08
OTROS INGRESOS CORRIENTES
32074
0
I
P
220101
3
08
- 01
Recuperaciones y Reembolsos por Licencias Médicas
32074
0
I
P
220101
4
09
APORTE FISCAL
9770188
0
I
P
220101
5
09
- 01
Libre
9770188
0
I
P
220101
6
15
SALDO INICIAL DE CAJA
1000
0
I
P
220101
7
GASTOS
9803262
0
G
P
220101
8
21
GASTOS EN PERSONAL
6950922
0
G
03
P
220101
9
22
BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO
1488167
0
G
04
P
220101
10
24
TRANSFERENCIAS CORRIENTES
1246996
0
G
P
220101
11
24
- 03
A Otras Entidades Públicas
1246996
0
G
P
220101
12
24
- 03
001
Estudios para una Nueva Constitución
1246996
0
G
05
P
220101
13
29
ADQUISICIÓN DE ACTIVOS NO FINANCIEROS
116177
0
G
P
220101
14
29
- 04
Mobiliario y Otros
53047
0
G
P
220101
15
29
- 05
Máquinas y Equipos
2161
0
G
P
220101
16
29
- 06
Equipos Informáticos
29829
0
G
07
P
220101
17
29
- 07
Programas Informáticos
31140
0
G
P
220101
18
34
SERVICIO DE LA DEUDA
1000
0
G
P
220101
19
34
- 07
Deuda Flotante
1000
0
G
P
220101
01
Dotación Máxima de Vehículos 9
220101
02
Trimestralmente, dentro de los treinta días siguientes al término del
respectivo trimestre, el Ministerio Secretaría General de la Presidencia
de la República remitirá a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos un
informe consolidado que contenga un detalle de las actividades o acciones
ejecutadas o encomendadas por la Oficina Nacional de Asuntos Religiosos
y la Comisión Defensora Ciudadana y Transparencia, especificando los
gastos en personal, en estudios e investigaciones y en difusión que en
cada caso corresponda.
El informe incluirá, además, los resultados de dichas actividades o
acciones, así como las estrategias emprendidas para garantizar adecuados
niveles de coordinación con otras instancias gubernamentales abocadas
a las mismas temáticas.
220101
03
Incluye :
a) Dotación máxima de personal 131
No regirá la limitación establecida en el inciso segundo del artículo
10 de la Ley N° 18.834, respecto de los empleos a contrata incluidos
en esta dotación.
El personal a contrata podrá desempeñar las funciones de carácter
directivo que se le asignen o deleguen, mediante resolución fundada
del jefe de Servicio, en la que deberá precisarse las referidas
funciones.
Dicho personal no podrá exceder de 8 funcionarios.
b) Horas extraordinarias año
- Miles de $ 105.856
c) Autorización máxima para gastos en viáticos
- En Territorio Nacional en Miles de $ 39.558
- En el Exterior en Miles de $ 8.954
d) Convenios con personas naturales
- N° de personas 147
- Miles de $ 3.134.082
Las personas que se contraten con cargo a estos recursos, podrán tener
la calidad de agentes públicos para todos los efectos legales; incluidas
la responsabilidad administrativa y penal que pudiera derivar del
ejercicio de tales funciones, conforme a lo que se establezca en los
respectivos contratos.
e) Autorización máxima para cumplimiento artículo septuagésimo tercero
de la Ley N° 19.882, Asignación por Funciones Críticas:
- N° de personas 28
- Miles de $ 563.178
220101
04
Incluye :
Capacitación y perfeccionamiento, Ley N° 18.575
- Miles de $ 25.586
220101
05
Con cargo a estos recursos se podrá financiar todo tipo de gastos,
incluidos los de personal, que demande la ejecución de este programa.
El gasto en personal será de $ 764.396 miles para financiar un número de
hasta 219 personas.
Se deberá velar por la debida pluralidad y diversidad de sus contenidos.
La Secretaria General de la Presidencia, remitirá, 30 días después de
terminado cada trimestre, información consolidada de todas las regiones
respecto al uso de estos recursos, la que, en el mismo plazo, deberá ser
publicada en su página web. La información deberá incluir la individualización
de las personas contratadas, desglose regional y las funciones específicas
realizadas.
El Ministerio, informará trimestralmente a la Comisión Especial Mixta de
Presupuestos, sobre la ejecución de estos recursos, desglosado por Región,
cuando corresponda y si se contempla contratación de personal, en cuyo caso,
remitirá la individualización de las personas contratadas, desglose regional
y las funciones específicas realizadas.
220101
06
El Ministerio Secretaría General de la Presidencia, a más tardar
el 31 de enero de 2016, informará a la Comisión Especial Mixta de
Presupuestos sobre el estado de avance del anteproyecto de ley de
Agencia Nacional del Espacio.
220101
07
Durante el Primer Trimestre del año 2016, se deberá enviar a la Comisión
Especial Mixta de Presupuestos copia del protocolo interno de respaldo de
información de los computadores. Trimestralmente se deberá informar el
cumplimiento de dicho protocolo a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos.