2017
15
00
00
MINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL
P
2017
15
06
00
SUPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD SOCIAL
P
2017
15
06
01
SUPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD SOCIAL (01,05,06,07)
01,05,06,07
P
150601
1
INGRESOS
13807052
0
I
P
150601
2
05
TRANSFERENCIAS CORRIENTES
797817
0
I
P
150601
3
05
- 02
Del Gobierno Central
797817
0
I
P
150601
4
05
- 02
003
Programa de Modernización del Estado-BID
797817
0
I
P
150601
5
08
OTROS INGRESOS CORRIENTES
82232
0
I
P
150601
6
08
- 01
Recuperaciones y Reembolsos por Licencias Médicas
82232
0
I
P
150601
7
09
APORTE FISCAL
12926003
0
I
P
150601
8
09
- 01
Libre
12926003
0
I
P
150601
9
15
SALDO INICIAL DE CAJA
1000
0
I
P
150601
10
GASTOS
13807052
0
G
P
150601
11
21
GASTOS EN PERSONAL
10460159
0
G
02
P
150601
12
22
BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO
2190735
0
G
03
P
150601
13
24
TRANSFERENCIAS CORRIENTES
808872
0
G
P
150601
14
24
- 03
A Otras Entidades Públicas
797817
0
G
P
150601
15
24
- 03
001
Programa de Modernización del Estado-BID
797817
0
G
08
P
150601
16
24
- 07
A Organismos Internacionales
11055
0
G
P
150601
17
24
- 07
001
A Organismos Internacionales
11055
0
G
P
150601
18
29
ADQUISICIÓN DE ACTIVOS NO FINANCIEROS
346286
0
G
P
150601
19
29
- 03
Vehículos
13390
0
G
P
150601
20
29
- 04
Mobiliario y Otros
5768
0
G
P
150601
21
29
- 05
Máquinas y Equipos
2060
0
G
P
150601
22
29
- 06
Equipos Informáticos
165624
0
G
P
150601
23
29
- 07
Programas Informáticos
159444
0
G
04
P
150601
24
34
SERVICIO DE LA DEUDA
500
0
G
P
150601
25
34
- 07
Deuda Flotante
500
0
G
P
150601
26
35
SALDO FINAL DE CAJA
500
0
G
P
150601
01
Dotación máxima de vehículos 3
150601
02
Incluye :
a) Dotación máxima de personal 282
No regirá la limitación establecida en el inciso segundo del artículo 10
de la Ley N° 18.834, respecto de los empleos a contrata incluidos en esta
dotación.
b) Horas extraordinarias año
- Miles de $ 19.967
c) Autorización máxima para gastos en viáticos
- En territorio nacional, en Miles de $ 17.964
- En el exterior, en Miles de $ 3.263
d) Convenios con personas naturales
- N° de personas 41
- Miles de $ 637.683
150601
03
Incluye :
Capacitación y perfeccionamiento, Ley N° 18.575
- Miles de $ 34.189
150601
04
Anualmente se entregará a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos un infor-
me detallado respecto del uso de estos recursos.
150601
05
Cada año la Superintendencia entregará un informe detallado y desagregado
regionalmente a las Comisiones de Trabajo de ambas Cámaras sobre el funcio-
namiento de la Comisión Médica de Reclamos, señalando, de manera especial,
el número de peticiones recibidas, en trámite, aprobadas o rechazadas; así
como los criterios técnicos utilizados para cada caso.
150601
06
La Superintendencia de Seguridad Social entregará semestralmente a las
Comisiones de Trabajo de la Cámara de Diputados y del Senado, información
sobre las apelaciones que se interponen ante esa Superintendencia cada se-
mestre con relación a las calificaciones de accidentes del trabajo resuel-
tas por las mutuales de seguridad; asimismo remitirá un informe trimestral
acerca de las denuncias de los trabajadores afiliados a dichas mutuales
señalando la materia y las acciones que esa entidad toma frente a ellas.
150601
07
Se informará semestralmente a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos
acerca de los dineros utilizados en la Fiscalización a las Mutuales de
Seguridad para la efectiva atención de los accidentes laborales y
enfermedades profesionales de los trabajadores del país.
150601
08
Con cargo a estos recursos se podrán financiar todo tipo de gastos necesa-
rios para la ejecución del Programa, incluyendo gastos en personal hasta
$ 53.642 miles con un número máximo de 1 persona a honorarios que podrá
tener la calidad de Agente Público.
El uso de estos recursos se hará en estricto cumplimiento de lo dispuesto
en el Manual Operativo del Programa de Mejora de la Gestión Pública y de los
Servicios al Ciudadano.