2017
16
00
00
MINISTERIO DE SALUD
P
2017
16
28
00
SERVICIO DE SALUD LIBERTADOR GENERAL BERNARDO O'HIGGINS
P
2017
16
28
01
SERVICIO DE SALUD LIBERTADOR GENERAL BERNARDO O'HIGGINS (01)
01
P
162801
1
INGRESOS
192149752
0
I
P
162801
2
05
TRANSFERENCIAS CORRIENTES
184205160
0
I
P
162801
3
05
- 02
Del Gobierno Central
184205160
0
I
P
162801
4
05
- 02
007
Fondo Nacional de Salud - Atención Primaria
68525731
0
I
P
162801
5
05
- 02
008
Fondo Nacional de Salud - Prestaciones Valoradas
47677513
0
I
P
162801
6
05
- 02
009
Fondo Nacional de Salud - Prestaciones Institucionales
67590244
0
I
P
162801
7
05
- 02
010
Subsecretaría de Salud Pública
411672
0
I
P
162801
8
06
RENTAS DE LA PROPIEDAD
17693
0
I
P
162801
9
07
INGRESOS DE OPERACIÓN
4051662
0
I
P
162801
10
08
OTROS INGRESOS CORRIENTES
3093916
0
I
P
162801
11
08
- 01
Recuperaciones y Reembolsos por Licencias Médicas
2584392
0
I
P
162801
12
08
- 02
Multas y Sanciones Pecuniarias
4219
0
I
P
162801
13
08
- 99
Otros
505305
0
I
P
162801
14
12
RECUPERACIÓN DE PRÉSTAMOS
761743
0
I
P
162801
15
12
- 10
Ingresos por Percibir
761743
0
I
P
162801
16
15
SALDO INICIAL DE CAJA
19578
0
I
P
162801
17
GASTOS
192149752
0
G
P
162801
18
21
GASTOS EN PERSONAL
85701587
0
G
02
P
162801
19
22
BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO
44634042
0
G
03
P
162801
20
24
TRANSFERENCIAS CORRIENTES
61483912
0
G
P
162801
21
24
- 01
Al Sector Privado
11704
0
G
P
162801
22
24
- 01
395
Programa especial de Salud de los Pueblos Indígenas
4835
0
G
P
162801
23
24
- 01
461
Centros de Prevención de Alcoholismo y Salud Mental
6869
0
G
P
162801
24
24
- 03
A Otras Entidades Públicas
61472208
0
G
P
162801
25
24
- 03
298
Atención Primaria, Ley N° 19.378
61472208
0
G
P
162801
26
29
ADQUISICIÓN DE ACTIVOS NO FINANCIEROS
310599
0
G
P
162801
27
29
- 04
Mobiliario y Otros
310599
0
G
P
162801
28
35
SALDO FINAL DE CAJA
19612
0
G
P
162801
01
Dotación Máxima de Vehículos 107
162801
02
Incluye:
a) Dotación máxima de Personal
a1) Dotación máxima de personal Ley N° 18.834
- N° de cargos 4.118
a2) Dotación máxima de personal Ley N° 19.664
(personal diurno)
- N° de horas semanales 22.038
a3) Dotación máxima de personal Ley N° 15.076
(personal con 28 horas)
- N° de cargos 230
- N° de horas semanales 6.440
Incluye, en la dotación máxima de personal Ley N° 18.834, hasta 3
cargos que podrán desempeñarse indistintamente de acuerdo al régimen de
remuneraciones del D.L. N° 249, de 1974, o de la Ley N° 15.076 o Ley N°
19.664, con 33 horas semanales y 6 cargos en el Programa de Enfermería
Rural que se desempeñarán de acuerdo al régimen de remuneraciones del
citado decreto ley.
Durante el año 2017, la cantidad máxima de funcionarios que tendrá
derecho a percibir la asignación dispuesta por la Ley N° 19.264 será de
1.232.
b) Horas extraordinarias y Asignación de Turno
b1) Horas extraordinarias año
- Miles de $ 2.301.406
b2) Asignación de Turno, establecida en el artículo 94 del DFL N° 1,
(S), de 2005
- Miles de $ 4.896.675
- N° máximo de funcionarios afectos al sistema de turno integrado por
cuatro funcionarios 1.810
- N° máximo de funcionarios afectos al sistema de turno integrado por
tres funcionarios 54
c) Bonificación Compensatoria de la Asignación de Turno establecida en el
artículo decimotercero transitorio de la Ley N° 19.937.
- Miles de $ 338.405
d) Autorización máxima para gastos en viáticos, en territorio nacional
- Miles de $ 311.768
e) Convenios con personas naturales
e1) Personas asimiladas a la Ley N° 18.834
- N° de personas 513
- Miles de $ 2.807.009
e2) Contratos con personal asimilado a las Leyes N°s 19.664 o 15.076
- N° de contratos 84
- Miles de $ 2.198.158
f) Autorización máxima para cumplimiento artículo septuagésimo tercero de
la Ley N° 19.882, Asignación por Funciones Críticas:
- N° de personas 12
- Miles de $ 89.572
g) Autorización máxima para cumplimiento artículo 98 DFL N° 1, (S), de
2005, Asignación de Responsabilidad:
- N° de personas 156
- Miles de $ 128.968
Los cupos máximos por tipo de establecimiento y el valor individual
anual de la asignación, deberán ser aprobados por Resolución del
Director del Servicio de Salud correspondiente y ajustarse a lo estable-
cido en el inciso segundo del artículo 100 del DFL N° 1, (S), de 2005.
h) Autorización máxima para la aplicación del Art. 35 de la Ley N°19.664,
Asignación de Estímulo:
- Miles de $ 4.089.817
Mediante Resolución fundada de los directores de los Servicios de Salud,
se establecerán las causales y los porcentajes específicos asignados
para cada uno de los conceptos que componen la Asignación de Estímulo,
de acuerdo con el reglamento contenido en el Decreto N° 847 de 2001, del
Ministerio de Salud, con las necesidades de los establecimientos de su
dependencia y las disponibilidad presupuestaria establecida en la glosa.
162801
03
Incluye :
Capacitación y Perfeccionamiento, Leyes N°s 18.575, 15.076 y 19.664
- Miles de $ 262.415