2017
24
PARTIDA : MINISTERIO DE ENERGÍA
P
0
0
0
INGRESOS
148761434
0
148761434
05
TRANSFERENCIAS CORRIENTES
507842
0
507842
07
INGRESOS DE OPERACIÓN
2769282
0
2769282
08
OTROS INGRESOS CORRIENTES
439205
0
439205
09
APORTE FISCAL
142425451
0
142425451
10
VENTA DE ACTIVOS NO FINANCIEROS
756
0
756
13
TRANSFERENCIAS PARA GASTOS DE CAPITAL
2618898
0
2618898
GASTOS
148761434
0
148761434
21
GASTOS EN PERSONAL
35202715
0
35202715
22
BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO
13079587
0
13079587
23
PRESTACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL
10
0
10
24
TRANSFERENCIAS CORRIENTES
86617477
0
86617477
25
INTEGROS AL FISCO
10
0
10
29
ADQUISICIÓN DE ACTIVOS NO FINANCIEROS
3603677
0
3603677
31
INICIATIVAS DE INVERSIÓN
200850
0
200850
33
TRANSFERENCIAS DE CAPITAL
9648752
0
9648752
34
SERVICIO DE LA DEUDA
408356
0
408356
24
01
Asociada al subtítulo 21, Gastos en Personal.
No regirá la limitación establecida en el inciso segundo del artículo 10
de la Ley N°18.834, respecto de los empleos a contrata incluidos en las
dotaciones máximas de esta Partida.
24
02
Asociada al Subtítulo 24, Transferencias Corrientes.
El Ministerio entregará un informe trimestral a la Comisión Especial Mixta
de Presupuestos acerca de las siguientes materias, programas y coberturas,
en su caso: implementación de proyectos de todas las energías renovables
no convencionales (ERNC), que hayan ingresado al sistema de evaluación de
impacto ambiental o estén conectados a sistemas mayores; implementación de
la ley de net metering; programas de ahorro y eficiencia energética;
proyectos de leña y formalización gradual de ésta; estado de desarrollo de
proyectos de infraestructura de transmisión eléctrica, y programas de
colectores termo-solares.
La información se entregará detallada por Región y localidad.
Asimismo se informará, con copia a la Quinta Subcomisión Especial Mixta
de Presupuestos, acerca de los avances en manejo integrado de cuencas
y de la coordinación con otros programas similares, y respecto de la
implementación de sistemas de net metering y de los incentivos para su
aplicación.
24
03
Prorrógase por el año 2017 lo señalado en el Artículo tercero transitorio
de la Ley N° 20.776, que Modifica y Perfecciona la Ley que rige al
Ministerio de Energía.
24
04
Asociada al subtítulo 22, Bienes y Servicios de Consumo.
Se informarán trimestralmente a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos, los gastos imputados a “Capacitación y perfeccionamiento, Ley N° 18.575”, en que haya incurrido cada uno de los Servicios de esta Cartera de Estado. Asimismo, se informará en detalle de los programas de capacitación efectuados, la nómina de las entidades ejecutoras, su mecanismo de adjudicación, y funcionarios capacitados, todo lo anterior, desagregado por programas.
24
05
Asociada al subtítulo 22, Bienes y Servicios de Consumo.
Se informarán trimestralmente a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos los gastos de publicidad y difusión, imputados al subtítulo 22, ítem 07, en que haya incurrido cada uno de los Servicios de esta Cartera de Estado. Asimismo, se informará el detalle del gasto por concepto de publicidad, difusión o relaciones públicas en general, tales como avisos, promoción en periódicos, radios, televisión, cines, teatros, revistas, contratos con agencias publicitarias y/o servicio de exposiciones. Respecto de éstas, se adjuntará además la nómina de las entidades ejecutoras de dichas actividades, su mecanismo de contratación y el monto adjudicado, desagregado por programas.
24
06
Monto máximo para gastos en el ítem de publicidad $1.615.647 miles.