2018
16
00
00
MINISTERIO DE SALUD
P
2018
16
05
00
CENTRAL DE ABASTECIMIENTO DEL SISTEMA NACIONAL DE SERVICIOS DE SALUD
P
2018
16
05
01
CENTRAL DE ABASTECIMIENTO DEL SISTEMA NACIONAL DE SERVICIOS DE SALUD (01,04,05,06,07)
01,04,05,06,07
P
160501
1
INGRESOS
10973524
0
I
P
160501
2
07
INGRESOS DE OPERACIÓN
9909546
0
I
P
160501
3
08
OTROS INGRESOS CORRIENTES
151294
0
I
P
160501
4
08
- 01
Recuperaciones y Reembolsos por Licencias Médicas
119992
0
I
P
160501
5
08
- 02
Multas y Sanciones Pecuniarias
16518
0
I
P
160501
6
08
- 99
Otros
14784
0
I
P
160501
7
12
RECUPERACIÓN DE PRÉSTAMOS
911684
0
I
P
160501
8
12
- 10
Ingresos por Percibir
911684
0
I
P
160501
9
15
SALDO INICIAL DE CAJA
1000
0
I
P
160501
10
GASTOS
10973524
0
G
P
160501
11
21
GASTOS EN PERSONAL
4423397
0
G
02
P
160501
12
22
BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO
5688337
0
G
03
P
160501
13
25
INTEGROS AL FISCO
789895
0
G
P
160501
14
25
- 01
Impuestos
789895
0
G
P
160501
15
29
ADQUISICIÓN DE ACTIVOS NO FINANCIEROS
69895
0
G
P
160501
16
29
- 04
Mobiliario y Otros
1603
0
G
P
160501
17
29
- 05
Máquinas y Equipos
35910
0
G
P
160501
18
29
- 07
Programas Informáticos
32382
0
G
P
160501
19
34
SERVICIO DE LA DEUDA
1000
0
G
P
160501
20
34
- 07
Deuda Flotante
1000
0
G
P
160501
21
35
SALDO FINAL DE CAJA
1000
0
G
P
160501
01
Dotación Máxima de Vehículos 9
160501
02
Incluye :
a) Dotación máxima de personal 227
b) Horas extraordinarias año
- Miles de $ 164.250
c) Autorización máxima para gastos en viáticos
- En Territorio Nacional en Miles de $ 58.378
- En el Exterior en Miles de $ 12
d) Convenios con personas naturales
d1) Personas asimiladas a la Ley N° 18.834
- N° de personas 3
- Miles de $ 71.568
d2) Personas asimiladas a la Ley N° 19.664
- N° de personas 2
- Miles de $ 31.486
e) Autorización máxima para cumplimiento artículo septuagésimo tercero
de la Ley N° 19.882, Asignación por Funciones Críticas:
- N° de personas 6
- Miles de $ 36.159
160501
03
Incluye :
Capacitación y perfeccionamiento, Ley N° 18.575
- Miles de $ 36.032
160501
04
La Institución podrá efectuar la provisión de insumos, bienes, servicios y
asesorías técnicas a los Servicios de Salud y a los establecimientos de los
capítulos 50, 51 y 52, de esta partida, y demás servicios dependientes del
Ministerio de Salud, para el ejercicio de las acciones de salud, actuando
mediante mandato o en representación de éstos. Para la provisión de insumos
y bienes, la Central de Abastecimiento comprará a los proveedores por cuenta
de dichas entidades, en la forma y condiciones que ellas le indiquen, los
fondos que reciba para el pago de estas operaciones no se incorporarán a su
presupuesto. Los ingresos que perciba por prestación de servicios, asesorías
técnicas y otros constituirán ingresos de operación. Todos los contratos de
compra que se celebren en virtud de la presente glosa deberán realizarse a
través de Chile-Compra, su reglamento y demás normas atingentes.
Para estos efectos, podrá celebrar contratos de compra hasta por tres años,
sujetos a la disponibilidad presupuestaria futura.
160501
05
Antes del 31 de marzo 2018 el Ministerio de Salud deberá enviar a la
Comisión Especial Mixta de Presupuestos un informe sobre el Plan de Moderni-
zación de la CENABAST y las metas de gestión para el año 2018. Además,
trimestralmente, dentro de los treinta días siguientes al término del período
respectivo, deberá informar a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos,
sobre el avance en su cumplimiento.
160501
06
La Central Nacional de Abastecimiento deberá informar trimestralmente a la
Comisión Especial Mixta de Presupuestos sobre el detalle de la deuda a pro-
veedores con más de 30 días de facturación.
160501
07
Se informará a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos, dentro de los 60
días siguientes a la publicación de esta ley, sobre las políticas que va a
implementar esta repartición para reducir los tiempos de pago a los provee-
dores, así como las metas y plazos de la misma.