2018
16
00
00
MINISTERIO DE SALUD
P
2018
16
36
00
SERVICIO DE SALUD ARAUCANÍA SUR
P
2018
16
36
01
SERVICIO DE SALUD ARAUCANÍA SUR (01)
01
P
163601
1
INGRESOS
256303803
0
I
P
163601
2
05
TRANSFERENCIAS CORRIENTES
248488849
0
I
P
163601
3
05
- 02
Del Gobierno Central
248488849
0
I
P
163601
4
05
- 02
007
Fondo Nacional de Salud - Atención Primaria
84632557
0
I
P
163601
5
05
- 02
008
Fondo Nacional de Salud - Prestaciones Valoradas
66840249
0
I
P
163601
6
05
- 02
009
Fondo Nacional de Salud - Prestaciones Institucionales
96650713
0
I
P
163601
7
05
- 02
010
Subsecretaría de Salud Pública
365330
0
I
P
163601
8
06
RENTAS DE LA PROPIEDAD
201
0
I
P
163601
9
07
INGRESOS DE OPERACIÓN
2680520
0
I
P
163601
10
08
OTROS INGRESOS CORRIENTES
4679178
0
I
P
163601
11
08
- 01
Recuperaciones y Reembolsos por Licencias Médicas
3853732
0
I
P
163601
12
08
- 02
Multas y Sanciones Pecuniarias
17492
0
I
P
163601
13
08
- 99
Otros
807954
0
I
P
163601
14
12
RECUPERACIÓN DE PRÉSTAMOS
431336
0
I
P
163601
15
12
- 10
Ingresos por Percibir
431336
0
I
P
163601
16
15
SALDO INICIAL DE CAJA
23719
0
I
P
163601
17
GASTOS
256303803
0
G
P
163601
18
21
GASTOS EN PERSONAL
113829502
0
G
02
P
163601
19
22
BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO
70499171
0
G
03
P
163601
20
23
PRESTACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL
9316
0
G
P
163601
21
23
- 02
Prestaciones de Asistencia Social
9316
0
G
P
163601
22
23
- 02
004
Ayudas Económicas y Otros Pagos Preventivos
9316
0
G
P
163601
23
24
TRANSFERENCIAS CORRIENTES
71713564
0
G
P
163601
24
24
- 01
Al Sector Privado
132535
0
G
P
163601
25
24
- 01
395
Programa Especial de Salud de los Pueblos Indígenas
129892
0
G
P
163601
26
24
- 01
461
Centros de Prevención de Alcoholismo y Salud Mental
2643
0
G
P
163601
27
24
- 03
A Otras Entidades Públicas
71581029
0
G
P
163601
28
24
- 03
298
Atención Primaria, Ley N° 19.378
71581029
0
G
P
163601
29
25
INTEGROS AL FISCO
3089
0
G
P
163601
30
25
- 01
Impuestos
3089
0
G
P
163601
31
29
ADQUISICIÓN DE ACTIVOS NO FINANCIEROS
225402
0
G
P
163601
32
29
- 05
Máquinas y Equipos
225402
0
G
P
163601
33
35
SALDO FINAL DE CAJA
23759
0
G
P
163601
01
Dotación Máxima de Vehículos 99
163601
02
Incluye:
a) Dotación máxima de Personal
a1) Dotación máxima de personal Ley N° 18.834
- N° de cargos 4.486
a2) Dotación máxima de personal Ley N° 19.664
(personal diurno)
- N° de horas semanales 30.544
a3) Dotación máxima de personal Ley N° 15.076
(personal con 28 horas)
- N° de cargos 199
- N° de horas semanales 5.404
Incluye, en la dotación máxima de personal Ley N° 18.834, hasta 2
cargos que podrán desempeñarse indistintamente de acuerdo al régimen de
remuneraciones del D.L. N° 249, de 1974, o de la Ley N° 15.076 o Ley N°
19.664, con 33 horas semanales y 5 cargos en el Programa de Enfermería
Rural que se desempeñarán de acuerdo al régimen de remuneraciones del
citado decreto ley.
Durante el año 2018, la cantidad máxima de funcionarios que tendrá
derecho a percibir la asignación dispuesta por la Ley N° 19.264 será de
1.102.
b) Horas extraordinarias y Asignación de Turno
b1) Horas extraordinarias año
- Miles de $ 2.455.539
b2) Asignación de Turno, establecida en el artículo 94 del DFL N° 1,
(S), de 2005
- Miles de $ 6.133.965
- N° máximo de funcionarios afectos al sistema de turno integrado por
cuatro funcionarios 1.563
- N° máximo de funcionarios afectos al sistema de turno integrado por
tres funcionarios 444
c) Bonificación Compensatoria de la Asignación de Turno establecida en el
artículo decimotercero transitorio de la Ley N° 19.937.
- Miles de $ 318.195
d) Autorización máxima para gastos en viáticos, en territorio nacional
- Miles de $ 298.091
e) Convenios con personas naturales
e1) Personas asimiladas a la Ley N° 18.834
- N° de personas 488
- Miles de $ 2.710.225
e2) Contratos con personal asimilado a las Leyes N°s 19.664 o 15.076
- N° de contratos 94
- Miles de $ 2.388.373
f) Autorización máxima para cumplimiento artículo septuagésimo tercero de
la Ley N° 19.882, Asignación por Funciones Críticas:
- N° de personas 11
- Miles de $ 77.425
g) Autorización máxima para cumplimiento artículo 98 DFL N° 1, (S), de
2005, Asignación de Responsabilidad:
- N° de personas 132
- Miles de $ 104.605
Los cupos máximos por tipo de establecimiento y el valor individual
anual de la asignación, deberán ser aprobados por Resolución del
Director del Servicio de Salud correspondiente y ajustarse a lo estable-
cido en el inciso segundo del artículo 100 del DFL N° 1, (S), de 2005.
h) Autorización máxima para la aplicación del Art. 35 de la Ley N°19.664,
Asignación de Estímulo:
- Miles de $ 4.357.234
Mediante Resolución fundada de los directores de los Servicios de Salud,
se establecerán las causales y los porcentajes específicos asignados
para cada uno de los conceptos que componen la Asignación de Estímulo,
de acuerdo con el reglamento contenido en el Decreto N°847 de 2001, del
Ministerio de Salud, con las necesidades de los establecimientos de su
dependencia y la disponibilidad presupuestaria establecida en la glosa.
163601
03
Incluye :
Capacitación y Perfeccionamiento, Leyes N°s 18.575, 15.076 y 19.664
- Miles de $ 313.382