2020
09
00
00
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
P
2020
09
09
00
JUNTA NACIONAL DE AUXILIO ESCOLAR Y BECAS
P
2020
09
09
01
JUNTA NACIONAL DE AUXILIO ESCOLAR Y BECAS (01,02,03)
01,02,03
P
090901
1
INGRESOS
705103080
0
I
P
090901
2
05
TRANSFERENCIAS CORRIENTES
8240242
0
I
P
090901
3
05
- 02
Del Gobierno Central
8240242
0
I
P
090901
4
05
- 02
005
Ley N° 20.595 y Sistema Chile Solidario
8240242
0
I
P
090901
5
08
OTROS INGRESOS CORRIENTES
7718415
0
I
P
090901
6
08
- 01
Recuperaciones y Reembolsos por Licencias Médicas
319148
0
I
P
090901
7
08
- 02
Multas y Sanciones Pecuniarias
3699510
0
I
P
090901
8
08
- 99
Otros
3699757
0
I
P
090901
9
09
APORTE FISCAL
689009118
0
I
P
090901
10
09
- 01
Libre
689009118
0
I
P
090901
11
10
VENTA DE ACTIVOS NO FINANCIEROS
11862
0
I
P
090901
12
10
- 03
Vehículos
11862
0
I
P
090901
13
12
RECUPERACIÓN DE PRÉSTAMOS
122443
0
I
P
090901
14
12
- 10
Ingresos por Percibir
122443
0
I
P
090901
15
15
SALDO INICIAL DE CAJA
1000
0
I
P
090901
16
GASTOS
705103080
0
G
P
090901
17
21
GASTOS EN PERSONAL
20695642
0
G
04
P
090901
18
22
BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO
5600403
0
G
05
P
090901
19
23
PRESTACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL
461700
0
G
P
090901
20
23
- 03
Prestaciones Sociales del Empleador
461700
0
G
P
090901
21
24
TRANSFERENCIAS CORRIENTES
674860420
0
G
P
090901
22
24
- 01
Al Sector Privado
674860420
0
G
06
P
090901
23
24
- 01
190
Programa de Alimentación JUNJI
90769818
0
G
P
090901
24
24
- 01
230
Aporte a Instituciones Colaboradoras
629824
0
G
07
P
090901
25
24
- 01
231
Programa de Alimentación para Educación Básica
349611747
0
G
P
090901
26
24
- 01
234
Capacitación a Terceros
323692
0
G
P
090901
27
24
- 01
239
Control Programas de la JUNAEB
2496663
0
G
08,09
P
090901
28
24
- 01
240
Programa de Alimentación de Vacaciones
3897664
0
G
10
P
090901
29
24
- 01
242
Programa de Alimentación para Kinder
32573864
0
G
P
090901
30
24
- 01
243
Programa de Alimentación Enseñanza Media
137130075
0
G
P
090901
31
24
- 01
244
Programa de Alimentación para Refuerzo Educativo
324917
0
G
11
P
090901
32
24
- 01
246
Programa de Alimentación para Prekinder
28903958
0
G
P
090901
33
24
- 01
248
Programa de Alimentacion Especial para Estudiantes Adultos
5471995
0
G
P
090901
34
24
- 01
249
Programa Alimentación para Actividades Extraescolares en liceos
186030
0
G
P
090901
35
24
- 01
258
Programa de Alimentación Reescolarización plan 12 años escolaridad
216173
0
G
12
P
090901
36
24
- 01
290
Bono manipuladoras de alimentos
17340000
0
G
15
P
090901
37
24
- 01
292
Bono Manipuladoras Zonas Extremas
4144055
0
G
13
P
090901
38
24
- 01
293
Programa de Alimentación SENAME
839945
0
G
14
P
090901
39
29
ADQUISICIÓN DE ACTIVOS NO FINANCIEROS
1593401
0
G
P
090901
40
29
- 03
Vehículos
199219
0
G
P
090901
41
29
- 04
Mobiliario y Otros
82152
0
G
P
090901
42
29
- 05
Máquinas y Equipos
24200
0
G
P
090901
43
29
- 06
Equipos Informáticos
218225
0
G
P
090901
44
29
- 07
Programas Informáticos
1069605
0
G
P
090901
45
31
INICIATIVAS DE INVERSIÓN
1889514
0
G
P
090901
46
31
- 02
Proyectos
1889514
0
G
P
090901
47
34
SERVICIO DE LA DEUDA
1000
0
G
P
090901
48
34
- 07
Deuda Flotante
1000
0
G
P
090901
49
35
SALDO FINAL DE CAJA
1000
0
G
P
090901
01
Dotación máxima de vehículos 59
090901
02
En los procesos de licitación que lleve a cabo la Junta Nacional de Auxilio
Escolar y Becas con empresas prestadoras de servicios alimentarios deberá
tomar los resguardos para garantizar el fiel cumplimiento del artículo 11 de
la ley N° 19.886. Para ello podrá, entre otras, asociar al monto de garantía
de fiel cumplimiento a períodos anuales del contrato o rebajar, según el
caso, el porcentaje exigido al efecto en el reglamento de la precitada ley.
Durante el mes siguiente al término de cada semestre, la Junta Nacional de
Auxilio Escolar y Becas informará a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos
respecto de los avances existentes en aspectos tales como: establecer en las
bases de licitación cláusulas que estimulen que las empresas que adjudiquen
nuevos contratos incorporen a las trabajadoras de las empresas anteriormente
prestadoras del servicio; evitar la discriminación en dicho proceso de las
dirigentes sindicales; homologar el valor de bonificaciones tales como inicio
de actividades, Fiestas Patrias y Navidad con las que reciben las trabajadoras
de los jardines infantiles e incorporar compensaciones derivadas del trabajo
en zonas extremas.
090901
03
En las bases de licitación del Programa de Alimentación, deberá incluirse una
ponderación específica, en la evaluación técnica, que privilegie a aquellas
ofertas que incluyan la modalidad de gratificación garantizada por parte de los
adjudicatarios. Esta ponderación deberá ser la misma para todas las regiones
del país.
090901
04
Incluye:
a) Dotación máxima de personal 921
b) Horas extraordinarias año
- Miles de $ 248.780
c) Autorización máxima para gastos en viáticos
- En Territorio Nacional, en Miles de $ 635.986
d) Convenios con personas naturales
- N° de Personas 41
- Miles de $ 421.716
Con cargo a estos recursos se podrá contratar personas a honorarios, las
que tendrán la calidad de Agentes Públicos,para todos los efectos legales,
incluidas la responsabilidad administrativa y penal que pudiera derivar
del ejercicio de tales funciones.
e) Autorización máxima para cumplimiento artículo septuagésimo tercero de la
Ley N° 19.882, Asignación por Funciones Críticas:
- N° de Personas 13
- Miles de $ 167.514
f) El personal a contrata podrá desempeñar funciones de carácter directivo
que se le asignen o deleguen mediante resolución fundada del Jefe del
Servicio, en la que deberán precisarse las referidas funciones. Con todo,
dicho personal no podrá exceder de 42 funcionarios.
090901
05
Incluye:
Capacitación y perfeccionamiento, D.F.L. N°1 / 19.653, de 2001, Ministerio
Secretaría General de la Presidencia
- Miles de $ 127.224
090901
06
Los recursos de los Programas de Alimentación Escolar están dirigidos a
estudiantes de establecimientos regidos por el D.F.L. (Ed.) N° 2, de 1998 y
a los niños atendidos por la Junta Nacional de Jardines Infantiles. También
considera a estudiantes:
a) De la Ley N° 20.595 y Chile Solidario.
b) Residentes en hogares estudiantiles e internados atendidos por la Junta
Nacional de Auxilio Escolar y Becas.
c) Que participan directamente en actividades del Programa "4 a 7", por un
monto de hasta $ 1.357.450 miles.
Asimismo, incluye apoyo alimenticio para escolares, personal docente y no
docente, padres o apoderados que participen directamente en actividades
extraescolares, por un monto de hasta $ 590.930 miles y la alimentación de los
profesores encargados de los programas.
El Programa de Alimentación Escolar tendrá las especificaciones que a conti-
nuación se señalan, en las asignaciones presupuestarias que se indican:
i) Asignación 231, Programa de Alimentación para Educación Básica:
Servicio Nº Máximo de raciones diarias
Desayuno 1.150.000
Almuerzo 1.150.000
Hogar Desayuno 4.000
Hogar Almuerzo 4.000
Hogar Once 4.000
Hogar Cena 4.000
Tercer servicio 400.000
(Ley Nº 20.595 y Sistema Chile Solidario)
ii) Asignación 242, Programa de Alimentación para Kinder:
Considera la atención de hasta 142.000 preescolares diarios, los cuales
incluyen hasta 35.000 niños con una ración adicional por efecto de
extensión de la jornada escolar.
Incluye servicios de alimentación para 28.350 preescolares de la Ley
Nº20.595 y Chile Solidario.
iii) Asignación 243, Programa de Alimentación Enseñanza Media:
Servicio Nº Máximo de raciones diarias
Desayuno 425.000
Almuerzo 425.000
Tercer servicio 150.000
(Ley Nº 20.595 y Sistema Chile Solidario)
iv) Asignación 246, Programa de Alimentación para Prekinder:
Considera la atención de hasta 135.000 preescolares diarios, los cuales
incluyen hasta 35.000 niños con una ración adicional por efecto de
extensión de la jornada escolar.
Incluye servicios de alimentación para 19.850 preescolares de la Ley
Nº20.595 y Chile Solidario.
v) Considera la atención de niños, niñas y adolescentes atendidos directa-
mente por el Servicio Nacional de Menores, SENAME o a través de
organismos colaboradores acreditados de dicha institución, como también a
funcionarios de las residencias u hogares de administración directa del
SENAME.
Con cargo a los Programas de Alimentación, se podrá financiar la contratación
de servicios de supervisión de la operación del Programa, por un monto de
hasta $ 1.000.000 miles.
090901
07
Incluye recursos para:
a) Hogar Sagrado Corazón
- Miles de $ 74.112
b) Sociedad de Asistencia y Capacitación
- Miles de $ 222.282
c) Programa Asistencia Hogar de Cristo
- Miles de $ 166.715
d) Programas Sociales Corporación María Ayuda
- Miles de $ 166.715
090901
08
Mediante resolución de la Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas, se
determinarán los tipos de acciones de control que se realizarán.
Incluye convenios con personas naturales
- N° de personas 32
- Miles de $ 504.947
Con cargo a estos recursos se podrá contratar personas a honorarios, las que
tendrán la calidad de Agentes Públicos, para todos los efectos legales,
incluidas la responsabilidad administrativa y penal que pudiera derivar del
ejercicio de tales funciones.
090901
09
La Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas semestralmente informará a la
Comisión Especial Mixta de Presupuestos y a las Comisiones de Hacienda de
ambas Cámaras, respecto al uso de recursos destinados para el Control
Programas de la JUNAEB, relativos a los protocolos de control, periodicidad de
estos controles, número de supervisores, uso del remanente de raciones no
servidas y el manejo de los excedentes de raciones no asignadas.
090901
10
Incluye recursos para:
a) Remunerar al personal de los establecimientos que atiendan este programa
y para transferirlos a las municipalidades, corporaciones municipales, o
servicios locales de educación como también a otros organismos competentes.
El monto diario de dicha remuneración tendrá el carácter de no imponible ni
tributable y se fijará por Resolución de la Junta Nacional de Auxilio
Escolar y Becas, visada por la Dirección de Presupuestos. En dicha
resolución se fijará, además, el monto de estos recursos.
b) El programa centro para niños con cuidadores principales temporeros.
c) La entrega de alimentación para los beneficiarios y participantes de
programas recreacionales (vacaciones en escuelas, campamentos, colonias,
escuelas abiertas, trabajos voluntarios e inglés abre puertas).
090901
11
Conforme lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley N° 19.398. Los criterios
para la selección de los establecimientos y alumnos beneficiarios serán
determinados por la Subsecretaría de Educación.
090901
12
Recursos destinados a entregar alimentación a niños y jóvenes de extrema
vulnerabilidad social, beneficiarios del programa de reescolarización adminis-
trado por el Ministerio de Educación, a fin de lograr su incorporación al
sistema educacional.
090901
13
Para transferir a las empresas de prestación de servicios alimenticios para
establecimientos escolares y parvularios para que éstas paguen un bono especial
por desempeño en zonas extremas a sus trabajadoras manipuladoras de alimentos
con contrato vigente de jornada completa que se desempeñen en las siguientes
zonas extremas: Región de Arica y Parinacota, Región de Tarapacá, Región de
Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo, Región de Magallanes y la Antártica
Chilena, Provincias de Chiloé y Palena, localidad de Cochamó y las Islas de
Pascua y Juan Fernández. Asimismo, se incluye a la Región de Antofagasta.
El valor de este bono para cada zona extrema, corresponde a trabajadoras con
jornada completa, no obstante, se pagará de forma mensual y del mismo modo al
resto de dichas trabajadoras con contrato parcial, en proporción a las horas
de contrato.
Mediante resolución de la Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas, con
visación de la Dirección de Presupuestos, se regulará la forma y modalidad en
que se efectuarán las correspondientes transferencias y se establecerá los
requisitos para efectuar el pago de los bonos establecidos en la presente
glosa.
090901
14
Recursos para que la Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas celebre un
convenio con el Servicio Nacional de Menores, para la entrega de alimentación
a Residencias Familiares, de administración directa, incluyendo como benefi-
ciarios tanto a los niños, niñas, adolescentes que se encuentren en dichas
residencias familiares como a los funcionarios que desempeñan sus funciones
en dichos centros.
090901
15
Con cargo al presupuesto de este Programa se otorgará una bonificación a las
manipuladoras de alimento que en vista de las licitaciones 85-50-LR16 y
85-15-LR17 asociadas al Programa de Alimentación Escolar, no les fue otorgada
la modalidad de gratificación garantizada. Esta bonificación tendrá una
vigencia hasta el vencimiento de las mencionadas licitaciones.
Adicionalmente, con cargo a estos recursos se financiará el pago de un bono
extraordinario por un monto único y total de $70.000.-, por única vez, a ser
otorgado en el mes de marzo del año 2020, a todas las trabajadoras manipuladoras
de alimentos adscritas al programa de alimentación de JUNAEB que no perciban
la bonificación por gratificación garantizada (Art. 50 de Código del Trabajo),
con contrato de trabajo vigente al 30 de noviembre de 2019, para una jornada
de 44 horas semanales. Dicho bono será calculado de manera proporcional a las
horas del respectivo contrato de trabajo.