2020
13
00
00
MINISTERIO DE AGRICULTURA
P
2020
13
05
00
CORPORACIÓN NACIONAL FORESTAL
P
2020
13
05
05
GESTIÓN FORESTAL (01,02)
01,02
P
130505
1
INGRESOS
22258919
0
I
P
130505
2
07
INGRESOS DE OPERACIÓN
2795307
0
I
P
130505
3
09
APORTE FISCAL
19461550
0
I
P
130505
4
09
- 01
Libre
19461550
0
I
P
130505
5
10
VENTA DE ACTIVOS NO FINANCIEROS
2052
0
I
P
130505
6
10
- 03
Vehículos
2052
0
I
P
130505
7
12
RECUPERACIÓN DE PRÉSTAMOS
10
0
I
P
130505
8
12
- 10
Ingresos por Percibir
10
0
I
P
130505
9
GASTOS
22258919
0
G
P
130505
10
21
GASTOS EN PERSONAL
13377607
0
G
03
P
130505
11
22
BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO
6140985
0
G
P
130505
12
24
TRANSFERENCIAS CORRIENTES
1045429
0
G
P
130505
13
24
- 01
Al Sector Privado
1020309
0
G
P
130505
14
24
- 01
001
Fondo para Investigación Ley Bosque Nativo
1020309
0
G
04
P
130505
15
24
- 07
A Organismos Internacionales
25120
0
G
P
130505
16
24
- 07
007
Convención Naciones Unidas contra la Desertificación
25120
0
G
P
130505
17
29
ADQUISICIÓN DE ACTIVOS NO FINANCIEROS
35898
0
G
P
130505
18
29
- 03
Vehículos
35898
0
G
P
130505
19
33
TRANSFERENCIAS DE CAPITAL
1659000
0
G
P
130505
20
33
- 02
Al Gobierno Central
1659000
0
G
P
130505
21
33
- 02
006
Bosque Nativo Ley N° 20.283
1659000
0
G
05
P
130505
01
Dotación máxima de vehículos 66
130505
02
Se informará trimestralmente a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos
respecto de las hectáreas forestales existentes, por año y región, y sobre
la situación de los viveros.
130505
03
Incluye:
a) Dotación máxima de personal 478
b) Horas extraordinarias año
- Miles de $ 124.081
c) Autorización máxima para gastos en viáticos
- En Territorio Nacional, en Miles de $ 725.643
- En el Exterior, en Miles de $ 8.758
d) Jornales Transitorios
- N° de personas 157
- Miles de $ 906.173
130505
04
Con cargo a este Fondo se podrán comprometer hasta $ 1.019.636 miles, para
financiar proyectos de investigación. Los proyectos que se realicen con
cargo a esta transferencia deberán asignarse de acuerdo a la normativa
vigente en la materia. La institución podrá ejecutar gastos en bienes y
servicios de consumo relacionados con la ejecución de esta transferencia
hasta por $ 74.267 miles.
Semestralmente la Corporación Nacional Forestal informará acerca de los
recursos que hayan sido destinados a la investigación o implementación de
sistemas de monitoreo de la especie Araucaria Araucana, para la
determinación de las causas de la problemática sanitaria que actualmente la
afecta. Asimismo informará acerca de los estudios realizados a fin de estudiar
la factibilidad de implementar un plan de protección de la especie nativa Ulmo,
por su importancia para la actividad apícola.
130505
05
Por resolución del Director Ejecutivo de la Corporación Nacional Forestal
estos recursos serán transferidos a la Tesorería General de la República
para efectos de financiar el gasto asociado a la Ley N° 20.283.
Considera el pago de certificados asignados en concursos resueltos el año
2020 y anteriores.
Con cargo a este Fondo se podrán comprometer en concursos públicos, hasta
$ 5.700.000 miles para financiar aquellas acciones que señalan los Arts. 22
y 23 de la Ley N° 20.283.
La Corporación Nacional Forestal informará trimestralmente, a la Comisión
Especial Mixta de Presupuestos, dentro de los treinta días siguientes al
término del respectivo trimestre, los concursos adjudicados y las hectáreas
recuperadas y forestadas, de acuerdo a las actividades comprendidas en los
Arts. 22 y 23 de la Ley N° 20.283.
La Tabla de Valores podrá incluir bonificaciones por hasta un monto de 1,8
UTM/ha por concepto de asesoría profesional, la que se desagregará por
asistencia técnica en terreno y elaboración de estudios técnicos.
La Tabla de Valores que rige para el año 2020, se podrá modificar para
acoger lo señalado en el párrafo anterior, en la forma establecida en el
art.22 de la Ley N° 20.283.