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 <periodo>2020</periodo>
 <partida>16</partida>
 <nombre>PARTIDA : MINISTERIO DE SALUD                                                   </nombre>
  <moneda>P</moneda>
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  <g_nombre>INGRESOS</g_nombre>
  <totalbruto>16805829829</totalbruto>
  <transferencia>6814018709</transferencia>
  <total>9991811120</total>
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  <c_subtitulo>04</c_subtitulo>
  <g_nombre>IMPOSICIONES PREVISIONALES</g_nombre>
  <totalbruto>2537374641</totalbruto>
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  <total>2537374641</total>
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  <c_subtitulo>05</c_subtitulo>
  <g_nombre>TRANSFERENCIAS CORRIENTES</g_nombre>
  <totalbruto>7019765853</totalbruto>
  <transferencia>6814018709</transferencia>
  <total>205747144</total>
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  <c_subtitulo>06</c_subtitulo>
  <g_nombre>RENTAS DE LA PROPIEDAD</g_nombre>
  <totalbruto>901683</totalbruto>
  <transferencia>0</transferencia>
  <total>901683</total>
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  <c_subtitulo>07</c_subtitulo>
  <g_nombre>INGRESOS DE OPERACIÓN</g_nombre>
  <totalbruto>141928576</totalbruto>
  <transferencia>0</transferencia>
  <total>141928576</total>
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  <c_subtitulo>08</c_subtitulo>
  <g_nombre>OTROS INGRESOS CORRIENTES</g_nombre>
  <totalbruto>301870732</totalbruto>
  <transferencia>0</transferencia>
  <total>301870732</total>
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  <c_subtitulo>09</c_subtitulo>
  <g_nombre>APORTE FISCAL</g_nombre>
  <totalbruto>6721051096</totalbruto>
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  <total>6721051096</total>
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  <c_subtitulo>10</c_subtitulo>
  <g_nombre>VENTA DE ACTIVOS NO FINANCIEROS</g_nombre>
  <totalbruto>14774</totalbruto>
  <transferencia>0</transferencia>
  <total>14774</total>
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 <cuerpo>
  <c_subtitulo>12</c_subtitulo>
  <g_nombre>RECUPERACIÓN DE PRÉSTAMOS</g_nombre>
  <totalbruto>68126268</totalbruto>
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  <total>68126268</total>
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  <c_subtitulo>13</c_subtitulo>
  <g_nombre>TRANSFERENCIAS PARA GASTOS DE CAPITAL</g_nombre>
  <totalbruto>14728556</totalbruto>
  <transferencia>0</transferencia>
  <total>14728556</total>
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  <c_subtitulo>15</c_subtitulo>
  <g_nombre>SALDO INICIAL DE CAJA</g_nombre>
  <totalbruto>67650</totalbruto>
  <transferencia>0</transferencia>
  <total>67650</total>
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 <cuerpo>
  <c_subtitulo>  </c_subtitulo>
  <g_nombre>GASTOS</g_nombre>
  <totalbruto>16805829829</totalbruto>
  <transferencia>6814018709</transferencia>
  <total>9991811120</total>
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  <c_subtitulo>21</c_subtitulo>
  <g_nombre>GASTOS EN PERSONAL</g_nombre>
  <totalbruto>3324331282</totalbruto>
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  <total>3324331282</total>
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 <cuerpo>
  <c_subtitulo>22</c_subtitulo>
  <g_nombre>BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO</g_nombre>
  <totalbruto>1758986697</totalbruto>
  <transferencia>0</transferencia>
  <total>1758986697</total>
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  <c_subtitulo>23</c_subtitulo>
  <g_nombre>PRESTACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL</g_nombre>
  <totalbruto>1284855566</totalbruto>
  <transferencia>0</transferencia>
  <total>1284855566</total>
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 <cuerpo>
  <c_subtitulo>24</c_subtitulo>
  <g_nombre>TRANSFERENCIAS CORRIENTES</g_nombre>
  <totalbruto>9152636908</totalbruto>
  <transferencia>6814018709</transferencia>
  <total>2338618199</total>
 </cuerpo>
 <cuerpo>
  <c_subtitulo>25</c_subtitulo>
  <g_nombre>INTEGROS AL FISCO</g_nombre>
  <totalbruto>837767</totalbruto>
  <transferencia>0</transferencia>
  <total>837767</total>
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 <cuerpo>
  <c_subtitulo>26</c_subtitulo>
  <g_nombre>OTROS GASTOS CORRIENTES</g_nombre>
  <totalbruto>635537</totalbruto>
  <transferencia>0</transferencia>
  <total>635537</total>
 </cuerpo>
 <cuerpo>
  <c_subtitulo>29</c_subtitulo>
  <g_nombre>ADQUISICIÓN DE ACTIVOS NO FINANCIEROS</g_nombre>
  <totalbruto>72524653</totalbruto>
  <transferencia>0</transferencia>
  <total>72524653</total>
 </cuerpo>
 <cuerpo>
  <c_subtitulo>31</c_subtitulo>
  <g_nombre>INICIATIVAS DE INVERSIÓN</g_nombre>
  <totalbruto>734978985</totalbruto>
  <transferencia>0</transferencia>
  <total>734978985</total>
 </cuerpo>
 <cuerpo>
  <c_subtitulo>32</c_subtitulo>
  <g_nombre>PRÉSTAMOS</g_nombre>
  <totalbruto>106910883</totalbruto>
  <transferencia>0</transferencia>
  <total>106910883</total>
 </cuerpo>
 <cuerpo>
  <c_subtitulo>33</c_subtitulo>
  <g_nombre>TRANSFERENCIAS DE CAPITAL</g_nombre>
  <totalbruto>115111563</totalbruto>
  <transferencia>0</transferencia>
  <total>115111563</total>
 </cuerpo>
 <cuerpo>
  <c_subtitulo>34</c_subtitulo>
  <g_nombre>SERVICIO DE LA DEUDA</g_nombre>
  <totalbruto>254010368</totalbruto>
  <transferencia>0</transferencia>
  <total>254010368</total>
 </cuerpo>
 <cuerpo>
  <c_subtitulo>35</c_subtitulo>
  <g_nombre>SALDO FINAL DE CAJA</g_nombre>
  <totalbruto>9620</totalbruto>
  <transferencia>0</transferencia>
  <total>9620</total>
 </cuerpo>
    <glosas>
      <codigoInstit>16</codigoInstit>
      <numglosa>01</numglosa>
      <Glosa>No regirá la limitación establecida en el inciso segundo del artículo 10 del 
D.F.L. N°29, de 2005, Ministerio  de  Hacienda, respecto  de  los  empleos a 
contrata  incluidos  en  las  dotaciones máximas de personal establecidas en 
cada  uno de los  capítulos  y  programas  de  esta partida.  No  regirá  la 
limitación establecida en el artículo 23 de la Ley N°19.664, respecto de los 
empleos a contrata a que se refiere dicha disposición.</Glosa>
    </glosas>
    <glosas>
      <codigoInstit>16</codigoInstit>
      <numglosa>02</numglosa>
      <Glosa>El  personal  a  contrata  de  los  Servicios de esta partida regido por las 
normas  remuneracionales  del  Decreto Ley N° 249, de 1974, podrá desempeñar 
las  funciones  de carácter directivo que se le asignen o deleguen  mediante 
resolución  fundada  del  Jefe del Servicio, en la que deberá precisarse, en 
cada caso, las referidas funciones.
Con todo, dicho  personal no  podrá exceder de 4.399 funcionarios a contrata 
para el  conjunto  de los organismos de la partida, correspondiendo para los 
Servicios  de Salud 3.944 cupos. Los cupos serán distribuidos mediante una o 
más resoluciones del Ministerio de Salud.</Glosa>
    </glosas>
    <glosas>
      <codigoInstit>16</codigoInstit>
      <numglosa>03</numglosa>
      <Glosa>Las contrataciones mediante Código del Trabajo, establecidas en  el artículo 
10  del  Código  Sanitario  y  en el artículo 79 del D.F.L N°1, de 2005, del 
Ministerio  de  Salud, requerirán  autorización  previa  de  la Dirección de 
Presupuestos.</Glosa>
    </glosas>
    <glosas>
      <codigoInstit>16</codigoInstit>
      <numglosa>04</numglosa>
      <Glosa>Asociada al subtítulo 22, Bienes y Servicios de Consumo.
Se  informarán trimestralmente a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos,
los gastos  imputados a Capacitación y perfeccionamiento, D.F.L. N°1-19.653, 
de  2001,  Ministerio  Secretaría  General  de  la Presidencia, en  que haya 
incurrido  cada uno de los Servicios de esta Cartera de Estado. Asimismo, se 
informará  el detalle de los programas de capacitación efectuados, la nómina 
de  las  entidades  ejecutoras, su mecanismo de adjudicación, y funcionarios 
capacitados, todo lo  anterior, desagregado por programas.</Glosa>
    </glosas>
    <glosas>
      <codigoInstit>16</codigoInstit>
      <numglosa>05</numglosa>
      <Glosa>Asociada al subtítulo 22, Bienes y Servicios de Consumo.
Se  informarán  trimestralmente a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos
los gastos de publicidad y difusión, imputados  al subtítulo 22, ítem 07, en
que haya incurrido cada uno de los Servicios de esta Cartera de Estado.
Asimismo, se  informará el detalle del gasto por concepto de publicidad, di-
fusión o relaciones públicas en general, tales como avisos, promoción en pe-
riódicos, radios, televisión,  cines, teatros, revistas, contratos con agen-
cias  publicitarias y/o servicio de exposiciones. Respecto de éstas, se  ad-
juntará además la nómina de las entidades  ejecutoras de dichas actividades,
su mecanismo  de contratación y el monto adjudicado, desagregado por progra-
mas.</Glosa>
    </glosas>
    <glosas>
      <codigoInstit>16</codigoInstit>
      <numglosa>06</numglosa>
      <Glosa>Durante  el  mes  de  marzo de 2020,  el  Ministerio  de Salud,  a través de 
la Subsecretaría de Salud,  de la Subsecretaría de Redes Asistenciales y del
Fondo Nacional de Salud,  informará a la Comisión  Especial  Mixta  de  Pre-
supuestos respecto de la Política Nacional del  Cáncer, señalando  los obje-
tivos, metas, presupuestos y mecanismos  de evaluación. Se deberá presentar,
en forma trimestral, un informe detallado respecto de la ejecución presupues-
taria por cada iniciativa programática.
Además, se deberá informar acerca de cada una de las iniciativas programáti-
cas asociadas a dicha Política, sus recursos disponibles, las instituciones
en convenio y las iniciativas de prevención y paliación desarrolladas.
Del  mismo  modo,  deberá  especificar  los  recursos que se destinarán a la 
educación  sobre  el  cáncer y  a exámenes de diagnóstico precoz, tales como 
mamografía, endoscopía, ecografía abdominal y antígeno prostático;  así como 
las  estimaciones  sobre  la  cantidad  de  exámenes  de  diagnóstico que se 
plantean  hacer  durante  el año y su nivel de cobertura estimada, detallado 
por  grupo  etario, género y región.  En  radioterapia, deberá  señalarse el 
número de centros de  radioterapia, su demanda, su oferta, cuántos pacientes 
requieren  radioterapia  al año, cuántas radioterapias se pueden hacer en el 
año y cuál es la brecha respecto a centros de radioterapia.
Asimismo, informará  trimestralmente a dicha Comisión, dentro de los 30 días 
siguientes   al  término  del  respectivo  trimestre,  respecto  del  avance 
presupuestario, del cumplimiento de metas y de los resultados de cada una de 
las  actividades  desarrolladas, especificando  especialmente la ejecución y 
los  avances  en  las  materias  a  que  se  refiere  el  inciso  primero de 
esta glosa.
Durante  el  primer  semestre,  el Ministerio también informará sobre la po-
sibilidad  de  acreditar  y autorizar que los hospitales de referencia onco-
lógico  que  cuenten  con los profesionales calificados y la infraestructura
adecuada,  puedan  realizar  trasplantes de médula ósea, con el fin de redu-
cir los tiempos de espera de los pacientes de regiones.</Glosa>
    </glosas>
    <glosas>
      <codigoInstit>16</codigoInstit>
      <numglosa>07</numglosa>
      <Glosa>Monto máximo para gastos en el ítem de publicidad $7.637.987 miles.</Glosa>
    </glosas>
    <glosas>
      <codigoInstit>16</codigoInstit>
      <numglosa>08</numglosa>
      <Glosa>Durante  el  mes  de  marzo  de 2020, el  Ministerio de Salud informará a la
Comisión  Especial Mixta de Presupuestos, respecto a  los Programas de VIH y
Donación  de  Órganos, señalando los objetivos,  metas,  actividades, presu-
puesto y mecanismos de evaluación.
Trimestralmente, el Ministerio  enviará a  dicha Comisión, un informe con el
avance presupuestario, con el cumplimiento de metas y con  los resultados de
Las actividades desarrolladas.</Glosa>
    </glosas>
    <glosas>
      <codigoInstit>16</codigoInstit>
      <numglosa>09</numglosa>
      <Glosa>El  Ministerio  de  Salud  deberá  informar  trimestralmente, a  la Comisión
Especial  Mixta  de Presupuestos,  dentro  de los treinta días siguientes al
término del período respectivo,las compras efectuadas a prestadores privados
por parte de los Servicios de Salud, individualizándose de cada uno de estos
las prestaciones realizadas.
En dicho informe, que deberá desagregarse por Servicio de Salud y comuna, se
deberá dar cuenta del  valor pagado por cada  prestación y el  mecanismo  de 
selección de  cada prestador, así como el estado de pago de las prestaciones
otorgadas. 
Especial mención se hará a las compras efectuadas a servicios con Sociedades
Médicas, detallándose  los  montos  y  porcentajes  respecto  a  las compras 
totales.</Glosa>
    </glosas>
    <glosas>
      <codigoInstit>16</codigoInstit>
      <numglosa>10</numglosa>
      <Glosa>El  Ministerio  de  Salud  deberá  informar  a la Comisión Especial Mixta de
Presupuestos, a  más  tardar  el  día 28 de febrero de 2020, sobre el estado
de la deuda hospitalaria del país, desglosada por  Servicio de Salud, Centro 
de Salud, tipo de prestador y número de días de retraso en el pago, así como 
de las medidas sugeridas para pagarla.</Glosa>
    </glosas>
    <glosas>
      <codigoInstit>16</codigoInstit>
      <numglosa>11</numglosa>
      <Glosa>El Ministerio de Salud informará cuatrimestralmente, a  la Comisión Especial
Mixta de Presupuestos y a las Comisiones de Salud  de ambas Cámaras, treinta
días  después  del término del cuatrimestre calendario respectivo,de aportes
efectuados en dicho período y del cumplimiento de metas por parte de centros
de estudios o universidades chilenas.</Glosa>
    </glosas>
    <glosas>
      <codigoInstit>16</codigoInstit>
      <numglosa>12</numglosa>
      <Glosa>El  Ministerio  de  Salud  informará  trimestralmente a la Comisión Especial
Mixta de Presupuestos y a las Comisiones de  Salud de ambas Cámaras, treinta
días  después  del  término  del trimestre  calendario respectivo, sobre los
avances  en  materia de cumplimiento de convenios y compromisos  internacio-
nales en relación a los Programas de VIH y Donación de Órganos.</Glosa>
    </glosas>
    <glosas>
      <codigoInstit>16</codigoInstit>
      <numglosa>13</numglosa>
      <Glosa>El Ministerio de Salud informará  cuatrimestralmente, a la Comisión Especial
Mixta de Presupuestos y a las Comisiones de Salud de  ambas Cámaras, treinta
días  después del término del cuatrimestre calendario  respectivo,  respecto
del avance en los resultados de las  auditorías de muerte de los  fallecidos
en  listas de espera, de acuerdo a las conclusiones del Informe  de la Comi-
sión Médica  Asesora del MINSAL, creada  por la Ministra  de Salud en el año
2017, así como  de los avances en las otras   recomendaciones  señaladas por
dicha Comisión.</Glosa>
    </glosas>
    <glosas>
      <codigoInstit>16</codigoInstit>
      <numglosa>14</numglosa>
      <Glosa>Asociada al Subtítulo 21, Gastos en Personal.
Se informará trimestralmente, treinta días después del término del trimestre 
respectivo,  a  la  Comisión  Especial  Encargada  de  conocer iniciativas y 
tramitar  proyectos de ley relacionados con la mujer y la igualdad de género 
del Senado, a  la Comisión  de  Mujeres y Equidad  de Género de la Cámara de 
Diputados  y a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos, de la cantidad de 
trabajadoras  mujeres  que  hacen  uso  del  permiso  de  lactancia y de los 
trabajadores  hombres  que  hacen  uso  del  permiso  parental  post  natal.</Glosa>
    </glosas>
    <glosas>
      <codigoInstit>16</codigoInstit>
      <numglosa>15</numglosa>
      <Glosa>Asociada al Subtítulo 21, Gastos en Personal.
Se informará   trimestralmente,  treinta   días  después   del  término  del  
trimestre  respectivo,  a  la  Comisión  de  Trabajo  y Previsión Social del 
Senado, a la Comisión  de  Trabajo  y  Seguridad  Social  de  la  Cámara  de  
Diputados y a la Comisión  Especial  Mixta  de  Presupuestos, de los  gastos 
asociados a remuneraciones de trabajadores, indicando la calidad jurídica de  
los  contratos  y  los porcentajes  de  tipos  de contratación, en  relación  
con el  total  del  personal  y  diferenciado  según género.</Glosa>
    </glosas>
    <glosas>
      <codigoInstit>16</codigoInstit>
      <numglosa>16</numglosa>
      <Glosa>Trimestralmente, el  Ministerio  de  Salud  informará a la Comisión Especial 
Mixta de Presupuestos y a la Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados, 
acerca de los  montos de dinero mensuales que son implementados directamente 
por  ellos, aquéllos  que  son  ejecutados  por  medio  de  convenio  marco, 
licitación  pública, licitación privada y trato directo, esto en cada uno de 
los programas que constituyen esta partida.</Glosa>
    </glosas>
    <glosas>
      <codigoInstit>16</codigoInstit>
      <numglosa>17</numglosa>
      <Glosa>Semestralmente,  el  Ministerio  de  Salud  informará a la Comisión Especial 
Mixta de Presupuestos y a la Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados, 
acerca  de  los  montos  gastados  mensualmente en la generación de software 
informáticos  creados  por  ellos  mismos  y  los montos de gasto mensual en 
software  que  son  producidos  o creados por entidades externas, ya sea por 
medio   de   convenio   marco,  licitación  pública,  licitación  privada  y 
trato directo.</Glosa>
    </glosas>
    <glosas>
      <codigoInstit>16</codigoInstit>
      <numglosa>18</numglosa>
      <Glosa>Semestralmente, el  Ministerio  de  Salud comunicará a la  Comisión Especial 
Mixta de Presupuestos y a la Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados, 
acerca de los montos de dinero gastados mensualmente  en  el  almacenamiento 
informático  de  información,  con  indicación  expresa  de  las  cantidades 
correspondientes  a  sistemas creados por el gobierno, y aquéllos que se han 
adjudicado  a  empresas  externas  por  medio  de convenio marco, licitación 
pública,  licitación  privada  y  trato  directo,  esto  en  cada uno de los 
programas.</Glosa>
    </glosas>
    <glosas>
      <codigoInstit>16</codigoInstit>
      <numglosa>19</numglosa>
      <Glosa>Semestralmente, el  Ministerio  de  Salud  informará  a la Comisión Especial 
Mixta de Presupuestos y a la  Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados 
el  listado  mensual  de  los  proyectos que dentro de los programas de esta 
partida  han  sido concesionados, fecha de inicio de la concesión, el tiempo 
de duración de la misma y el monto de inversiones.</Glosa>
    </glosas>
    <glosas>
      <codigoInstit>16</codigoInstit>
      <numglosa>20</numglosa>
      <Glosa>Semestralmente, el  Ministerio  de  Salud  informará  a la Comisión Especial 
Mixta de Presupuestos y a la Comisión de  Hacienda de la Cámara de Diputados 
cuáles son los mecanismos de  asignación presupuestaria de cada programa que 
conforma esta partida.</Glosa>
    </glosas>
    <glosas>
      <codigoInstit>16</codigoInstit>
      <numglosa>21</numglosa>
      <Glosa>Semestralmente, el  Ministerio  de  Salud  informará  a la Comisión Especial 
Mixta de Presupuestos y a la  Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados 
la cantidad de trabajadores que  ha  contratado  a  honorarios, la  duración 
media y promedio de cada contrato, así  como  el número de veces que ha sido 
contratado bajo esta modalidad por la entidad pública referida.</Glosa>
    </glosas>
    <glosas>
      <codigoInstit>16</codigoInstit>
      <numglosa>22</numglosa>
      <Glosa>Semestralmente, el  Ministerio  de  Salud  informará  a la Comisión Especial  
Mixta de Presupuestos y a la Comisión de  Hacienda de la Cámara de Diputados 
la cantidad de mujeres  que  han  sido  contratadas a honorarios, contrata y 
planta, así como el número de ellas que hay por estamento.</Glosa>
    </glosas>
    <glosas>
      <codigoInstit>16</codigoInstit>
      <numglosa>23</numglosa>
      <Glosa>Semestralmente el  Ministerio  de Salud remitirá un informe a las Comisiones 
de Salud de la Cámara de Diputados, Senado y a la Comisión Especial Mixta de 
Presupuestos, el cual contendrá  información acerca de los montos de dineros 
mensuales que han sido asignados a equipos de  medición  y  registro para el 
ejercicio  de  las  funciones  de  fiscalización  llevadas  a  cabo  por las 
Secretarias Regionales Ministeriales.</Glosa>
    </glosas>
    <glosas>
      <codigoInstit>16</codigoInstit>
      <numglosa>24</numglosa>
      <Glosa>Se informará trimestralmente, treinta días después del trimestre respectivo, 
a la Comisión de Salud del Senado, a la  Comisión  de  Salud de la Cámara de 
Diputados y a la  Comisión Especial  Mixta  de  Presupuestos, de la cantidad 
de  reembolsos  por  licencias  médicas  que  pudieran ser consideradas como 
enfermedades  laborales.   La  información  deberá   detallar  los  días  de 
ausentismo y el número de funcionarios que presentan licencias, diferenciado 
según género.</Glosa>
    </glosas>
    <glosas>
      <codigoInstit>16</codigoInstit>
      <numglosa>25</numglosa>
      <Glosa>Asociada al Subtítulo 21, Gastos en Personal.
Se informará trimestralmente, treinta días después del término del trimestre 
respectivo, a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos y a las  comisiones 
de salud de ambas Cámaras,  del monto y  destino de los recursos asignados a 
honorarios o remuneraciones de facultativos médicos o de  sociedades médicas 
que además arriendan las instalaciones  sanitarias públicas para atender pa-
cientes en forma particular.</Glosa>
    </glosas>
    <glosas>
      <codigoInstit>16</codigoInstit>
      <numglosa>26</numglosa>
      <Glosa>Asociada al subtítulo 22, Bienes y Servicios de Consumo.
Se informará trimestralmente, a más tardar treinta días  después del término 
del trimestre respectivo, a la Comisión de Vivienda y  Urbanismo del Senado, 
a  la  Comisión  de  Vivienda,  Desarrollo  Urbano y Bienes Nacionales de la 
Cámara de Diputados y a la Comisión  Especial Mixta de  Presupuestos, de los 
gastos asociados al arriendo de terrenos u otros bienes inmuebles que sirvan 
de dependencias para las actividades propias del Ministerio.</Glosa>
    </glosas>
    <glosas>
      <codigoInstit>16</codigoInstit>
      <numglosa>27</numglosa>
      <Glosa>Se informará trimestralmente,  treinta días después del término del trimestre 
respectivo,  a  la Comisión Especial Mixta de Presupuestos y a las comisiones
de Salud de ambas Cámaras,  del  monto  y destino de los recursos asignados a 
honorarios  o  remuneraciones de facultativos médicos o de sociedades médicas
que  además  arriendan  las  instalaciones  sanitarias  públicas para atender 
pacientes en forma particular.</Glosa>
    </glosas>
</matriz>
