2020
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PARTIDA : MINISTERIO SECRETARÍA GENERAL DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
P
0
0
0
INGRESOS
13308665
0
13308665
05
TRANSFERENCIAS CORRIENTES
189284
0
189284
08
OTROS INGRESOS CORRIENTES
35868
0
35868
09
APORTE FISCAL
13082443
0
13082443
12
RECUPERACIÓN DE PRÉSTAMOS
30
0
30
15
SALDO INICIAL DE CAJA
1040
0
1040
GASTOS
13308665
0
13308665
21
GASTOS EN PERSONAL
10558953
0
10558953
22
BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO
2176126
0
2176126
24
TRANSFERENCIAS CORRIENTES
234500
0
234500
29
ADQUISICIÓN DE ACTIVOS NO FINANCIEROS
338046
0
338046
34
SERVICIO DE LA DEUDA
1040
0
1040
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01
Asociada al subtítulo 22, Bienes y Servicios de Consumo.
Se informará trimestralmente a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos
los gastos de publicidad y difusión, imputados al subtítulo 22, ítem 07, en
que haya incurido cada uno de los Servicios de esta Cartera de Estado.
Asimismo, se informará el detalle del gasto por concepto de publicidad,
difusión o relaciones públicas en general, tales como avisos, promoción en
periódicos, radios, televisión, cines, teatros, revistas, contratos con
agencias publicitarias y/o servicio de exposiciones. Respecto de estas, se
adjuntará además la nómina de las entidades ejecutoras de dichas actividades,
su mecanismo de contratación y el monto adjudicado, desagregado por
programas.
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02
Asociada al subtítulo 22, Bienes y Servicios de Consumo.
Se informará trimestralmente a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos,
los gastos imputados a "Capacitación y perfeccionamiento, D.F.L. N°1/19.653
de 2001, Ministerio Secretaría General de la Presidencia", en que haya
incurrido cada uno de los Servicios de esta Cartera de Estado. Asimismo, se
informará el detalle de los programas de capacitación efectuados, la nómina
de las entidades ejecutoras, su mecanismo de adjudicación, y funcionarios
capacitados, todo lo anterior, desagregado por programas.
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03
Monto máximo para gastos en el ítem de publicidad $769.500 miles.
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04
Asociada al Subtítulo 21, Gastos en Personal.
Se informará trimestralmente, treinta días después del término del trimestre
respectivo a la Comisión Especial encargada de conocer iniciativas y
tramitar proyectos de ley relacionados con la mujer y la igualdad de género
del Senado, a la Comisión de Mujeres y Equidad de Género de la Cámara
de Diputados y a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos, de la cantidad
de trabajadoras mujeres que hacen uso del permiso de lactancia y de los
trabajadores hombres que hacen uso del permiso parental postnatal.
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05
Asociada al Subtítulo 21, Gastos en Personal.
Se informará trimestralmente, treinta días después del término del trimestre
respectivo a la Comisión de Trabajo y Previsión Social del Senado, a la
Comisión de Trabajo y Seguridad Social de la Cámara de Diputados y a la
Comisión Especial Mixta de Presupuestos, de los gastos asociados a
remuneraciones de trabajadores, indicando la calidad jurídica de los
contratos y los porcentajes de tipos de contratación, en relación con el
total del personal y diferenciado según género.
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06
Trimestralmente, el Ministerio Secretaría General de la Presidencia
informará a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos y a la Comisión de
Hacienda de la Cámara de Diputados, acerca de los montos de dinero mensuales
que son implementados directamente por ellos, aquellos que son ejecutados
por medio de convenio marco, licitación pública, licitación privada y trato
directo, esto en cada uno de los programas que constituyen esta partida.
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07
Semestralmente, el Ministerio Secretaría General de la Presidencia informará
a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos y a la Comisión de Hacienda de
la Cámara de Diputados, acerca de los montos gastados mensualmente en la
generación de software informáticos creados por ellos mismos y los montos de
gasto mensual en software que son producidos o creados por entidades
externas, ya sea por medio de convenio marco, licitación pública, licitación
privada y trato directo.
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08
Semestralmente , el Ministerio Secretaría General de la Presidencia
comunicará a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos y a la Comisión de
Hacienda de la Cámara de Diputados, acerca de los montos de dinero gastados
mensualmente en el almacenamiento informático de información, con indicación
expresa de las cantidades correspondientes a sistemas creados por el
gobierno, y aquellos que se han adjudicado a empresas externas por medio de
convenio marco, licitación pública, licitación privada y trato directo, esto
en cada uno de los programas.
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09
Semestralmente, el Ministerio Secretaría General de la Presidencia informará
a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos y a la Comisión de Hacienda de
la Cámara de Diputados el listado mensual de los proyectos que dentro de los
programas de esta partida han sido concesionados, fecha de inicio de la
concesión, el tiempo de duración de la misma y el monto de inversiones.
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10
Semestralmente, el Ministerio Secretaría General de la Presidencia informará
a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos y a la Comisión de Hacienda de
la Cámara de Diputados cuáles son los mecanismos de asignación presupuestaria
de cada programa que conforma esta partida.
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11
Semestralmente, el Ministerio Secretaría General de la Presidencia informará
a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos y a la Comisión de Hacienda de
la Cámara de Diputados la cantidad de trabajadores que ha contratado a
honorarios, la duración media y promedio de cada contrato, así como el
número de veces que ha sido contratado bajo esta modalidad por la entidad
pública referida.
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12
Semestralmente, el Ministerio Secretaría General de la Presidencia informará
a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos y a la Comisión de Hacienda de
la Cámara de Diputados la cantidad de mujeres que han sido contratadas
a honorarios, contrata y planta, así como el número de ellas que hay por
estamento.
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13
Se informará trimestralmente, treinta días después del trimestre respectivo,
a la Comisión de Salud del Senado, a la Comisión de Salud de la Cámara de
Diputados y a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos, de la cantidad de
reembolsos por licencias médicas que pudieran ser consideradas como
enfermedades laborales.La información deberá detallar los días de ausentismo
y el número de funcionarios que presentan licencias, diferenciado según
género.
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14
Se informará trimestralmente, a más tardar 30 días después del término del
trimestre respectivo a la Comisión de Vivienda y Urbanismo del Senado, a la
Comisión de Vivienda, Desarrollo Urbano y Bienes Nacionales de la Cámara de
Diputados y a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos, de los gastos
asociados al arriendo de terrenos u otros bienes inmuebles que sirvan de
dependencias para las actividades propias del Ministerio.