LEY DE PRESUPUESTOS AÑO
2008
MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y RECONSTRUCCION
SUBSECRETARIA DE PESCA FONDO DE ADMINISTRACION PESQUERO
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Partida :
07
Capitulo :
03
Programa :
02
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Subtitulo
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Item
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Denominaciones
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Glosa N°
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Moneda Nacional Miles de $
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INGRESOS
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6.773.000
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09
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APORTE FISCAL
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6.773.000
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01
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Libre
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6.773.000
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GASTOS
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6.773.000
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21
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GASTOS EN PERSONAL
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01
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270.920
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22
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BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO
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156.300
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24
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TRANSFERENCIAS CORRIENTES
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6.345.780
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03
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A Otras Entidades Públicas
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6.345.780
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001
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Fondo de Investigación Pesquera
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02
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937.800
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002
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Cumplimiento Art. 173 Ley N° 18.892
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03
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5.407.980
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Glosas :
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01
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Incluye : a) Autorización máxima para gastos en viáticos, en territorio nacional - Miles de $ 18.756 b) Convenios con personas naturales - Miles de $ 270.920
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02
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Para la aplicación de estos recursos se deberá firmar un convenio de
desempeño entre el organismo receptor y la Subsecretaría de Pesca, que
incluya un programa de trabajo que defina específicamente cada uno de
los conceptos a los que serán aplicados los recursos traspasados. Dicho
convenio establecerá, entre otros, las metas cualitativas y cuantita-
tivas, cobertura, periodicidad y los requisitos que deberán cumplir las
rendiciones de cuentas que el organismo efectúe.
Los Estudios y Proyectos que se realicen con cargo a este ítem deberán
asignarse por licitación pública. En las bases de licitación se dejará
constancia que no podrán participar los proponentes que tengan directa o
indirectamente interés en tales estudios o conclusiones. Podrá destinar-
se hasta un 5% del total de recursos a gastos de administración.
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03
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Con cargo a estos recursos se podrán efectuar transferencias a organis-
mos del sector público mediante convenios de desempeño con las institu-
ciones receptoras. En dichos convenios se fijarán las metas y objetivos
de las actividades a financiar. Las transferencias de recursos señaladas
se efectuarán en la forma dispuesta en el artículo 70 del decreto ley
N° 1.263, de 1975.
Mensualmente la Dirección Ejecutiva del FAP remitirá a la Dirección de
Presupuestos, dentro de los primeros 8 días de cada mes, un informe
detallado del gasto ejecutado en cada convenio con apertura regional,
y por componentes financiado, asi como una consolidación para el conjun-
to de los convenios que se hayan suscrito. Asimismo, se enviará dicho
informe, al término de cada trimestre a la Comisión Especial Mixta de
Presupuestos. |