LEY DE PRESUPUESTOS AÑO
2010
MINISTERIO DEL INTERIOR
SUBSECRETARIA DE DESARROLLO REGIONAL Y ADMINISTRATIVO RECUPERACION Y DESARROLLO URBANO DE VALPARAISO (04)
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Partida :
05
Capitulo :
05
Programa :
04
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Subtitulo
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Item
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Denominaciones
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Glosa N°
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Moneda Nacional Miles de $
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INGRESOS
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9.259.687
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09
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APORTE FISCAL
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4.777.567
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01
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Libre
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4.609.504
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03
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Servicio de la Deuda Externa
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168.063
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14
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ENDEUDAMIENTO
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4.481.120
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02
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Endeudamiento Externo
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4.481.120
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15
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SALDO INICIAL DE CAJA
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1.000
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GASTOS
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9.259.687
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21
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GASTOS EN PERSONAL
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01,02
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537.517
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22
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BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO
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520.250
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24
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TRANSFERENCIAS CORRIENTES
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03
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2.767.676
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03
|
A Otras Entidades Públicas
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2.767.676
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398
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Recuperación y Desarrollo Urbano de la Ciudad de Valparaiso
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2.767.676
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29
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ADQUISICION DE ACTIVOS NO FINANCIEROS
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03
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9.136
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04
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Mobiliario y Otros
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1.523
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05
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Máquinas y Equipos
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2.538
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06
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Equipos Informáticos
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5.075
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31
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INICIATIVAS DE INVERSION
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03
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869.338
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01
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Estudios Básicos
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116.706
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02
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Proyectos
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752.632
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33
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TRANSFERENCIAS DE CAPITAL
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03
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4.386.697
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03
|
A Otras Entidades Públicas
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4.386.697
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007
|
Recuperación y Desarrollo Urbano de la Ciudad de Valparaíso
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|
4.386.697
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34
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SERVICIO DE LA DEUDA
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168.073
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04
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Intereses Deuda Externa
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168.063
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07
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Deuda Flotante
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10
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35
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SALDO FINAL DE CAJA
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1.000
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Glosas :
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01
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Incluye : a) Dotación máxima de personal 5 b) Horas extraordinarias año - Miles de $ 1.194 c) Autorización máxima para gastos en viáticos, en territorio nacional - Miles de $ 4.178 d) Convenios con personas naturales - Miles de $ 460.445
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02
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Las personas que se contraten con cargo a estos recursos, podrán tener la
calidad de agentes públicos para todos los efectos legales, conforme
a lo que se establezca en los contratos respectivos.
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03
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Estos recursos se destinarán al financiamiento de estudios, proyectos,
programas y adquisición de activos no financieros para el desarrollo y
recuperación del patrimonio urbano de Valparaíso. Para cumplir este
objetivo, la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo podrá
transferir recursos a la Municipalidad de Valparaíso y a otras
entidades públicas. Dichos recursos no se incorporarán a sus
presupuestos, sin perjuicio que deberán rendir cuenta de su utilización a
la Contraloría General de la República y a la Subsecretaría de
Desarrollo Regional y Administrativo en los términos que los convenios
respectivos dispongan.
La aplicación de estos recursos se efectuará de acuerdo a la normativa
establecida en el contrato de préstamo suscrito con el Banco
Interamericano de Desarrollo. Sin perjuicio de lo anterior, los
componentes o líneas de acción específicos comprendidos en este programa
y las modalidades y procedimientos de operación, serán los señalados en
los decretos supremos del Ministerio del Interior N°s 486, 695, 839,
1.242, 1.290 y exento N°2734 de 2006, N°s 765,963 y 1.057 de 2007, N°321
de 2008 y sus modificaciones, y los que se establezcan mediante uno o
más decretos del Ministerio del Interior expedidos bajo la fórmula "Por
Orden del Presidente de la República",los que deberán ser visados por la
Dirección de Presupuestos, durante los años 2009 y 2010.
La Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo podrá encomendar
a la Municipalidad de Valparaíso mediante convenios mandatos u otra
modalidad, las actividades necesarias para realizar la adquisición de
activos no financieros.
El dominio de los bienes inventariables, muebles o inmuebles que se
adquieran o construyan, o se hayan construido o adquirido con recursos
del programa se entenderán transferidos a las entidades encargadas de su
administración o de la prestación del servicio correspondiente, en los
términos del convenio respectivo desde el momento en que estos bienes
sean transferidos para su operación y mantención.
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04
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La Subsecretaría deberá informar trimestralmente a las comisiones de
Hacienda del Senado y de la Cámara de Diputados los proyectos financiados
con cargo a este programa, así como el nivel de avance en su ejecución.
Asimismo, en igual plazo, dicha información debe ser publicada en formato
electrónico en la página web de la Subsecretaría de Desarrollo
Regional y Administrativo.
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