2013
01
00
00
PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
P
2013
01
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00
PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
P
2013
01
01
01
PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA (01)
01
P
010101
1
INGRESOS
15105730
0
I
P
010101
2
05
TRANSFERENCIAS CORRIENTES
172711
0
I
P
010101
3
05
- 02
Del Gobierno Central
172711
0
I
P
010101
4
05
- 02
001
Ministerio Secretaría General de la Presidencia
172711
0
I
P
010101
5
08
OTROS INGRESOS CORRIENTES
105448
0
I
P
010101
6
08
- 01
Recuperaciones y Reembolsos por Licencias Médicas
105448
0
I
P
010101
7
09
APORTE FISCAL
14824352
0
I
P
010101
8
09
- 01
Libre
14824352
0
I
P
010101
9
10
VENTA DE ACTIVOS NO FINANCIEROS
2219
0
I
P
010101
10
10
- 04
Mobiliario y Otros
2219
0
I
P
010101
11
15
SALDO INICIAL DE CAJA
1000
0
I
P
010101
12
GASTOS
15105730
0
G
P
010101
13
21
GASTOS EN PERSONAL
5044439
0
G
02
P
010101
14
22
BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO
6421182
0
G
03,04
P
010101
15
24
TRANSFERENCIAS CORRIENTES
3490725
0
G
P
010101
16
24
- 03
A Otras Entidades Públicas
3490725
0
G
P
010101
17
24
- 03
701
Apoyo Actividades Presidenciales
2974599
0
G
05
P
010101
18
24
- 03
702
Programa Legado Bicentenario
98377
0
G
06
P
010101
19
24
- 03
704
Programa Elige Vivir Sano
417749
0
G
07
P
010101
20
29
ADQUISICIÓN DE ACTIVOS NO FINANCIEROS
148384
0
G
P
010101
21
29
- 06
Equipos Informáticos
53434
0
G
P
010101
22
29
- 07
Programas Informáticos
94950
0
G
08
P
010101
23
35
SALDO FINAL DE CAJA
1000
0
G
P
010101
01
La contratación de personal a honorarios se efectuará mediante
resoluciones del Director Administrativo de la Presidencia de la República,
quien efectuará las visaciones dispuestas en el artículo 5° de la Ley
N° 19.896.
010101
02
Incluye:
a) Dotación máxima de personal 357
No regirá la limitación establecida en el inciso segundo del artículo 10
de la Ley N°18.834, respecto de los empleos a contrata incluidos en esta
dotación.
b) Horas extraordinarias año
- Miles de $ 567.236
c) Autorización máxima para gastos en viáticos
- En Territorio Nacional en Miles de $ 36.070
d) Autorización máxima para cumplimiento artículo septuagésimo tercero
de la Ley N° 19.882, Asignación por Funciones Críticas:
- N° de personas 9
- Miles de $ 132.272
010101
03
Incluye :
a) Capacitación y perfeccionamiento, Ley N°18.575
- Miles de $ 41.509
b) $ 1.684.307 miles para gastos reservados, Ley N°19.863.
c) Recursos para financiar gastos de servicios de alimentación provistos
por el casino del Palacio de la Moneda, conforme a las normas
establecidas en el Decreto Supremo del Ministerio del Interior N° 291,
de 2003.
010101
04
Los contratos que se celebren para el suministro de bienes muebles y de los
servicios que se requieren para el desarrollo de funciones de la
Presidencia de la República, así como los actos aprobatorios de los mismos,
serán suscritos por el Director Administrativo de la Presidencia de la
República, con sujeción a lo dispuesto en la Ley N° 19.886, su reglamento,
las instrucciones presupuestarias respectivas y demás normas aplicables.
010101
05
Con cargo a este programa se podrá pagar los gastos de operación que
requiera la ejecución del mismo, incluidos los de personal. Mensualmente
se informará en la página web www.gobiernodechile.cl los gastos de
personal y de otro tipo, que se efectúen con cargo a este item.
Asimismo, trimestralmente, se enviará un informe consolidado a la Comisión
Especial Mixta de Presupuestos que contenga una especificación de los gas-
tos en personal y de otro tipo que se haya incurrido con cargo a este ítem.
La precitada información se remitirá dentro de los treinta días siguientes
al término del respectivo trimestre.
Además, dicha información deberá remitirse electrónicamente a la Comisión
Especial Mixta de Presupuestos, en igual periodicidad.
010101
06
Con cargo a estos recursos se podrá efectuar todo tipo de gastos, incluso
en personal, que requiera la ejecución de este programa.
Mensualmente se informará en la página web www.gobiernodechile.cl las contrataciones de personal que se efectúen con cargo a esta asignación.
Asimismo, trimestralmente, se enviará un informe consolidado a la Comisión
Especial Mixta de Presupuestos que contenga una especificación de los
gastos en personal y de otro tipo que se haya incurrido con cargo a
esta asignación. La precitada información se remitirá dentro de los treinta
días siguientes al término del respectivo trimestre.
Además, dicha información deberá remitirse electrónicamente a la Comisión
Especial Mixta de Presupuestos, con igual periodicidad.
010101
07
Con cargo a este programa se podrá efectuar todo tipo de gastos, incluso
hasta $ 154.350 miles en personal, que requiera la ejecución del mismo.
Mensualmente se informarán en la página web www.gobiernodechile.cl, los
gastos de personal y de otro tipo que se efectúen con cargo a esta
asignación.
Asimismo, trimestralmente se enviará un informe consolidado a la Comisión
Especial Mixta de Presupuestos,que contenga una especificación de los gastos
en personal y de otro tipo en que se haya incurrido con cargo a este progra-
ma. Dicho informe se remitirá dentro de los treinta días siguientes al tér-
mino del respectivo trimestre, y deberá ser enviado, con la misma periodici-
dad, por vía electrónica.
010101
08
Anualmente se entregará a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos un
informe detallado respecto del uso de estos recursos.