2013
05
00
00
MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA
P
2013
05
10
00
SUBSECRETARÍA DEL INTERIOR
P
2013
05
10
01
SUBSECRETARÍA DEL INTERIOR (01)
01
P
051001
1
INGRESOS
19805264
0
I
P
051001
2
05
TRANSFERENCIAS CORRIENTES
10
0
I
P
051001
3
05
- 01
Del Sector Privado
10
0
I
P
051001
4
05
- 01
001
Donaciones
10
0
I
P
051001
5
06
RENTAS DE LA PROPIEDAD
205800
0
I
P
051001
6
08
OTROS INGRESOS CORRIENTES
3294348
0
I
P
051001
7
08
- 01
Recuperaciones y Reembolsos por Licencias Médicas
66358
0
I
P
051001
8
08
- 99
Otros
3227990
0
I
P
051001
9
09
APORTE FISCAL
16305096
0
I
P
051001
10
09
- 01
Libre
16305096
0
I
P
051001
11
15
SALDO INICIAL DE CAJA
10
0
I
P
051001
12
GASTOS
19805264
0
G
P
051001
13
21
GASTOS EN PERSONAL
9230350
0
G
02
P
051001
14
22
BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO
3787733
0
G
03
P
051001
15
23
PRESTACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL
10
0
G
P
051001
16
23
- 01
Prestaciones Previsionales
10
0
G
P
051001
17
24
TRANSFERENCIAS CORRIENTES
6055803
0
G
P
051001
18
24
- 01
Al Sector Privado
2855510
0
G
P
051001
19
24
- 01
002
Asistencia Social (ORASMI)
2267990
0
G
04
P
051001
20
24
- 01
003
Becas
587510
0
G
05
P
051001
21
24
- 01
023
Atención de Daños y Damnificados
10
0
G
11
P
051001
22
24
- 03
A Otras Entidades Públicas
3200293
0
G
P
051001
23
24
- 03
002
Para Atender Situaciones de Emergencia
10
0
G
06
P
051001
24
24
- 03
006
Gastos para Elecciones
1586718
0
G
07
P
051001
25
24
- 03
007
Programa de Derechos Humanos
1035473
0
G
08
P
051001
26
24
- 03
040
Programa de Modernización Servicios Dependientes Ministerio del Interior
578092
0
G
09
P
051001
27
29
ADQUISICIÓN DE ACTIVOS NO FINANCIEROS
55159
0
G
P
051001
28
29
- 03
Vehículos
14535
0
G
P
051001
29
29
- 04
Mobiliario y Otros
11144
0
G
P
051001
30
29
- 05
Máquinas y Equipos
19314
0
G
P
051001
31
29
- 06
Equipos Informáticos
9570
0
G
P
051001
32
29
- 07
Programas Informáticos
596
0
G
P
051001
33
33
TRANSFERENCIAS DE CAPITAL
676189
0
G
P
051001
34
33
- 03
A Otras Entidades Públicas
676189
0
G
P
051001
35
33
- 03
001
Para Atender Situaciones de Emergencia
10
0
G
06
P
051001
36
33
- 03
002
Plan Frontera Norte
676179
0
G
10
P
051001
37
34
SERVICIO DE LA DEUDA
10
0
G
P
051001
38
34
- 07
Deuda Flotante
10
0
G
P
051001
39
35
SALDO FINAL DE CAJA
10
0
G
P
051001
01
Dotación máxima de vehículos 13
051001
02
Incluye:
a) Dotación máxima de personal 400
No regirá la limitación establecida en el inciso segundo del artículo 10
de la Ley N°18.834 respecto de los empleos a contrata incluídos en la
dotación.
b) Horas extraordinarias año
- Miles de $ 191.224
c) Autorización máxima para gastos en viáticos:
- En territorio nacional, en Miles de $ 97.106
- En el exterior, en Miles de $ 32.734
d) Convenios con personas naturales
- Miles de $ 1.397.059
e) Autorización máxima para cumplimiento artículo septuagésimo tercero de
la Ley N°19.882, Asignación por Funciones Críticas:
- N° de personas 25
- Miles de $ 576.240
051001
03
Incluye:
a)Capacitación y perfeccionamiento, Ley 18.575
- Miles de $ 34.367
b)$602.211 miles para gastos reservados, Ley N° 19.863
051001
04
Incluye:
Hasta $306.248 miles destinados al apoyo e integración en nuestro país, de refugiados,
solicitantes de refugios e inmigrantes en condición de vulnerabilidad debidamente
acreditada, y que que no tengan la condición de refugiados ni solicitantes de refugio,
de acuerdo a convenios que se suscriban entre el Ministerio del Interior y
Seguridad Pública e instituciones públicas y/o privadas sin fines de lucro, los
que deberán contener, a lo menos, las actividades y programas a desarrollar.
Copia de los convenios que se suscriban deberán remitirse, durante de los 30 días
hábiles siguientes a su suscripción, a las Comisiones de Derechos Humanos,
Nacionalidad y Ciudadanía de ambas ramas del Congreso Nacional.
De los restantes recursos, a lo menos dos tercios se utilizarán en regiones distintas
de la Región Metropolitana de Santiago, debiendo garantizarse una distribución
equitativa.
La Subsecretaría del Interior deberá informar trimestralmente a la Comisión
Especial Mixta de Presupuestos la distribución regional y el uso específico de los
recursos mencionados en el inciso anterior, indicando claramente las personas
beneficiadas. Asimismo, para el caso mencionado en el inciso primero, se deberá
agregar además, el desglose de nacionalidad y grupo étnico, cuando corresponda.
051001
05
Para financiar los gastos que demande la ejecución del Programa de Cooperación Internacional del Gobierno de Chile para Policías Uniformadas (CECIPU).
051001
06
Para financiar situaciones de emergencia o gastos no previstos, los que deberán ser
definidos por el Ministro o Subsecretario del Interior, pudiendo incluir aportes o
donaciones de bienes a países afectados por catástrofes naturales. Los fondos que se
pongan a disposición de los organismos del Sector Público, no ingresarán a los
presupuestos de éstos.
Las Resoluciones que autoricen gastos para emergencias serán de ejecución inmediata,
sin perjuicio del control de legalidad que a posteriori le corresponda a la Contraloría
General de la República.
Si el gasto dispuesto excediere el autorizado en este ítem, el exceso deberá
regularizarse, mediante modificación presupuestaria ingresada a Contraloría General de
la República, dentro de los 60 días siguientes o en su caso, a más tardar el 31 de
diciembre.
Los servicios que sean requeridos a otras entidades públicas por alertas decretadas
con ocasión de incendios forestales u otros hechos catastróficos, podrán ser
contratados con cargo a estos recursos, los que se pondrán a disposición de las
referidas entidades.
El Ministerio del Interior y Seguridad Pública podrá disponer que los bienes que se
adquieran o construyan con estos recursos sean destinados al patrimonio de las
municipalidades o personas afectadas con dicha situación de emergencia.
La Subsecretaría del Interior deberá informar trimestralmente, dentro de los treinta días
siguientes al término del trimestre respectivo, a la Comisión Especial Mixta de
Presupuestos, los recursos por comuna y acciones implementadas con los recursos de estas asignaciones, así como también
acompañar los decretos de modificación presupuestaria.
051001
07
Para el pago de gastos de la elección municipal del año 2012, según lo autorizado en la Glosa N° 06 de la Ley 20.557.
051001
08
Con cargo a estos recursos se podrá efectuar todo tipo de gastos, incluso en personal,
para la prosecución de las funciones o actividades asignadas al organismo a que se
refiere la Ley N° 19.123 y aquellas que se derivan del artículo 10° transitorio de la
Ley N° 20.405, así como para la conservación y custodia de la documentación y archivos
generados por éste.
051001
09
Con cargo a estos recursos se podrá efectuar todo tipo de gastos, incluso en personal, para la ejecución de este programa. El Ministerio del Interior y Seguridad Pública deberá informar semestralmente a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos respecto de la utilización de estos recursos, en particular acerca del gasto en personal incurrido con cargo a estos programas, debiendo igualmente informar en el Banner de Gobierno Transparente de su página web, especificando en cada caso la entidad ejecutora del programa a través de la cual se materializó la contratación.
051001
10
Con cargo a estos recursos se podrá efectuar el gasto asociado al
Plan. Incluye $ 85.683 miles para gastos en personal.
La Subsecretaría deberá informar a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos
durante el mes de enero el plan anual de compra de equipo especializado que
pretende adquirir, así también deberá informar previo a la adquisición si hubiere
cambios o ajustes al plan anual de compras; por otra parte deberá informar en
forma trimestral, la ejecución presupuestaria del plan. Por último deberá
informar semestralmente, dentro de los treinta días siguientes al término
del semestre respectivo, de los resultados del Plan Frontera Norte.
051001
11
La Subsecretaría deberá informar a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos
los beneficiarios por comuna que con estos recursos se atendieron y las
acciones que se implementaron con estos recursos; así también deberá remitir los decretos de modificación presupuestaria de esta asignación.