2013
16
00
00
MINISTERIO DE SALUD
P
2013
16
20
00
SERVICIO DE SALUD ARICA
P
2013
16
20
01
SERVICIO DE SALUD ARICA (01)
01
P
162001
1
INGRESOS
41135091
0
I
P
162001
2
05
TRANSFERENCIAS CORRIENTES
39633247
0
I
P
162001
3
05
- 02
Del Gobierno Central
39633247
0
I
P
162001
4
05
- 02
007
Fondo Nacional de Salud - Atención Primaria
12092030
0
I
P
162001
5
05
- 02
008
Fondo Nacional de Salud - Prestaciones Valoradas
12098055
0
I
P
162001
6
05
- 02
009
Fondo Nacional de Salud - Prestaciones Institucionales
14233085
0
I
P
162001
7
05
- 02
010
Subsecretaría de Salud Pública
1210077
0
I
P
162001
8
06
RENTAS DE LA PROPIEDAD
388
0
I
P
162001
9
07
INGRESOS DE OPERACIÓN
722362
0
I
P
162001
10
08
OTROS INGRESOS CORRIENTES
468990
0
I
P
162001
11
08
- 01
Recuperaciones y Reembolsos por Licencias Médicas
349919
0
I
P
162001
12
08
- 02
Multas y Sanciones Pecuniarias
1029
0
I
P
162001
13
08
- 99
Otros
118042
0
I
P
162001
14
12
RECUPERACIÓN DE PRESTAMOS
303268
0
I
P
162001
15
12
- 10
Ingresos por Percibir
303268
0
I
P
162001
16
15
SALDO INICIAL DE CAJA
6836
0
I
P
162001
17
GASTOS
41135091
0
G
P
162001
18
21
GASTOS EN PERSONAL
20798208
0
G
02
P
162001
19
22
BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO
9764006
0
G
03
P
162001
20
23
PRESTACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL
705
0
G
P
162001
21
23
- 02
Prestaciones de Asistencia Social
705
0
G
P
162001
22
23
- 02
004
Ayudas Económicas y Otros Pagos Preventivos
705
0
G
P
162001
23
24
TRANSFERENCIAS CORRIENTES
10416183
0
G
P
162001
24
24
- 01
Al Sector Privado
2355
0
G
P
162001
25
24
- 01
461
Centros de Prevención de Alcoholismo y Salud Mental
2355
0
G
P
162001
26
24
- 03
A Otras Entidades Públicas
10413828
0
G
P
162001
27
24
- 03
298
Atención Primaria, Ley N° 19.378
10413828
0
G
P
162001
28
29
ADQUISICIÓN DE ACTIVOS NO FINANCIEROS
149153
0
G
P
162001
29
29
- 04
Mobiliario y Otros
149153
0
G
P
162001
30
35
SALDO FINAL DE CAJA
6836
0
G
P
162001
01
Dotación Máxima de Vehículos 16
162001
02
Incluye:
a) Dotación máxima de Personal
a1) Dotación máxima de personal Ley N° 18.834
- N° de cargos 1.147
a2) Dotación máxima de personal Ley N° 19.664
(personal diurno)
- N° de horas semanales 5.601
a3) Dotación máxima de personal Ley N° 15.076
(personal con 28 horas)
- N° de cargos 54
- N° de horas semanales 1.512
Incluye, en la dotación máxima de personal Ley N° 18.834, hasta 8
cargos que podrán desempeñarse indistintamente de acuerdo al régimen de
remuneraciones del D.L. N° 249, de 1974, o de la Ley N° 15.076 o Ley N°
19.664, con 33 horas semanales y 4 cargos en el Programa de Enfermería
Rural que se desempeñarán de acuerdo al régimen de remuneraciones del
citado decreto ley.
Durante el año 2013, la cantidad máxima de funcionarios que tendrá
derecho a percibir la asignación dispuesta por la Ley N° 19.264 será de
218.
b) Horas extraordinarias y Asignación de Turno
b1) Horas extraordinarias año
- Miles de $ 350.459
b2) Asignación de Turno, establecida en el artículo 94 del DFL N° 1,
(S), de 2005
- Miles de $ 1.309.706
- N° máximo de funcionarios afectos al sistema de turno integrado por
cuatro funcionarios 299
- N° máximo de funcionarios afectos al sistema de turno integrado por
tres funcionarios 237
c) Bonificación Compensatoria de la Asignación de Turno establecida en el
artículo decimotercero transitorio de la Ley N° 19.937.
- Miles de $ 152.554
d) Autorización máxima para gastos en viáticos, en territorio nacional
- Miles de $ 25.419
e) Convenios con personas naturales
- Miles de $ 1.162.531
f) Autorización máxima para cumplimiento artículo septuagésimo tercero de
la Ley N° 19.882, Asignación por Funciones Críticas:
- N° de personas 5
- Miles de $ 34.058
g) Autorización máxima para cumplimiento artículo 98 DFL N°1, (S), de
2005, Asignación de Responsabilidad:
- N° de personas 24
- Miles de $ 22.353
Los cupos máximos por tipo de establecimiento y el valor individual
anual de la asignación, deberán ser aprobados por Resolución del
Director del Servicio de Salud correspondiente y ajustarse a lo estable-
cido en el inciso segundo del artículo 100 del DFL N° 1, (S), de 2005.
162001
03
Incluye :
Capacitación y Perfeccionamiento, Leyes N°s 18.575, 15.076 y 19.664
- Miles de $ 79.415