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Mecanismos de Participación Ciudadana

A continuación se presentan los mecanismos de participación ciudadana que este Organismo pone a disposición de la ciudadanía.



Nombre del mecanismo de participación ciudadana Descripción del mecanismo de participación ciudadana Tiene consejo consultivo Enlace a consejo consultivo Requisitos para participar Propósito de la aplicación o implementación del mecanismo Participantes y/o beneficiarios Enlace a mayor información
Acceso a la Información Relevante La Dirección de Presupuestos pondrá en conocimiento de la ciudadanía información relevante acerca de sus políticas, planes, programas, acciones y presupuestos, asegurando que ésta sea oportuna, completa y ampliamente accesible. (Artículos 18°, 19° y 20° de la Resolución Exenta N° 414 del 12-08-11, Dirección de Presupuestos) No No tiene No tiene requisitos para participar Poner en conocimiento público información relevante acerca de políticas, planes, programas, acciones y presupuestos, asegurando que ésta sea oportuna, de calidad completa y ampliamente accesible. Todos los ciudadanos ya sea en forma individual o como representantes de organizaciones de la sociedad civil en general. ver enlace
Cuenta Pública Participativa Proceso de diálogo ciudadano, llevado a cabo entre la Dirección de Presupuestos y representantes de la sociedad civil y ciudadanía en general. Su fin es informar acerca de la gestión realizada, recoger las preguntas y planteamientos de la ciudadanía y dar respuesta a éstas. (Artículos 4°, 5° 6° y 7° de la Resolución Exenta N° 414 del 12-08-11, Dirección de Presupuestos) No No tiene No tiene requisitos para participar Disponer espacios de diálogo entre las autoridades políticas y la sociedad civil con el propósito de evaluar la gestión de la autoridad, generar transparencia, condiciones de confianza y garantizar el ejercicio del control social sobre la administración pública, al mismo tiempo que proporcionar insumos para ajustar proyectos y planes de acción para su realización. Todos los ciudadanos ya sea en forma individual o como representantes de organizaciones de la sociedad civil en general. ver enlace
Consultas Ciudadanas Los órganos de la Administración del Estado, de oficio o a petición de parte, deberán señalar aquellas materias de interés ciudadano en que se requiera conocer la opinión de las persona. La consulta deberá ser realizada de manera informada, pluralista y representativa. (Artículos 14°, 15°, 16° y 17° de la Resolución Exenta N° 414 del 12-08-11, Dirección de Presupuestos) No No tiene No tiene requisitos para participar - Implementar dispositivos que operen como espacios y canales para invitar a la ciudadanía a participar e incorporar sus opiniones para el mejoramiento de la gestión pública.
- Generar respuestas de calidad y en plazos adecuados.
Podrán participar todos los ciudadanos , ya sea en forma individual o como representantes de organizaciones previa inscripción en el sitio web. El sistema tratará los datos personales de los ciudadanos conforme a la Ley Nº 19.628 y las opiniones vertidas serán de carácter anónimo. ver enlace
Consejo de la Sociedad Civil El Consejo de la Sociedad Civil será un órgano de carácter consultivo, no vinculante y gozará de autonomía en la toma de decisiones. Su principal objetivo será emitir opiniones que puedan ser tomadas en consideración en la toma de decisiones y en el seguimiento de las políticas públicas impulsadas por la Dirección de Presupuestos (Art. 8°, 9°, 10°, 11°, 12° y 13° de la Resolución Exenta N° 414 del 12-08-11, Dirección de Presupuestos) Si ver enlace El Consejo de la Sociedad Civil, además de los integrantes de la Dirección de Presupuestos, estará integrado por representantes de organizaciones que se definiran en un acto administrativo que al efecto se dictará, el que regulará, además, el funcionamiento y las materias que el Consejo deberá abordar. Establecer consejos de la sociedad civil, de carácter consultivo y autónomo, conformados de manera diversa representativa y pluralista por integrantes de asociaciones sin fines de lucro que tengan relación con la competencia del órgano. Serán conformados de manera diversa, representativa, pluralista, por integrantes de asociaciones sin fines de lucro que tengan relación con la competencia del órgano. ver enlace

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