Contenido principal

Bono Post Laboral (Ley 20.305)

Ley N°20.305Modificaciones a la Ley n° 20.305

Modificaciones a Ley n° 20.305 contenidas en la Ley n° 20.403 que otorga reajuste de remuneraciones a los trabajadores del sector público, concede aguinaldos, y otorga otros beneficios que indica, publicada en el diario oficial de 30 de noviembre de 2009.

A) Avisos importantes



AÑO 2010: Se encuentran disponibles en la letra B.1) Documentos de trabajo año 2010, el Formulario y el Manual para la Implementación Bono Post Laboral a fin de facilitar la concesión del referido beneficio.

IMPORTANTE: El acto administrativo de concesión del bono deberá dictarse en forma individual por cada beneficiario.

Una vez que el jefe de servicio o jefatura máxima haya verificado los requisitos que dispone la ley a los potenciales beneficiarios para solicitar y posteriormente acceder al bono post laboral, calculando además la remuneración promedio líquida, deberá enviar un ejemplar de la "Solicitud Bono Post laboral" (no se requiere adjuntar los antecedentes de respaldo) a la Superintendencia de Pensiones, Teatinos N° 313, Santiago. Fono: (56-2) 753 0100.


CONSULTAS Y RECLAMOS A LA SUPERINTENDENCIA DE PENSIONES:
www.spensiones.cl/573/article-6023.html
Formulario de Ingreso de Consultas WEB

Consultas Generales: Sólo de lunes a viernes de 15:30 a 18:00 hrs. Tel: (56-2) 473 2746 o al correo ptapia@dipres.cl



¿Dónde se debe imputar el aporte mensual que efectúan los organismos comprendidos en la cobertura del beneficio?

El aporte mensual que debe efectuar cada Servicio u organismo por aplicación de lo dispuesto en el artículo 6° letra a) de la ley N° 20.305, lo imputarán al subtítulo 21, ítem 01, asignación 002, por el personal de planta, o al subtítulo 21, ítem 02, asignación 002, por el personal a contrata, utilizando en ambos casos al subasignación 002.

B) Documentos de trabajo

B.1) Documentos de Trabajo año 2010

Circular N° 7 de 27 de enero de 2010Formulario año 2010Manual Implementación ley 20.305 año 2010Modelo oficio envío documentos a TesoreríaSolicitud cambio entidad previsional

  • MODELOS ACTOS ADMINISTRATIVOS PARA LA CONCESION DEL BENEFICIO:


B.2) Documentos de Trabajo año 2009

Formulario Corregido para Solicitud de Bono Post Laboral

Con el objeto de precisar la información a entregar sobre la materia por el potencial beneficiario se modificaron los antecedentes a completar por el solicitante y la información relativa a los eventuales beneficiarios de pensión de sobrevivencia del beneficiario del bono post laboral.

Oficio N° 44Circular N°5 de 23 de enero de 2009Circular N° 38

Indica la forma de facilitar el trámite de solicitud tasa de reemplazo líquida a la S. Pensiones.

Circular N° 39

Reitera obligación de efectuar el aporte del 1%.

C) Preguntas y respuestas

Preguntas frecuentes - Marzo 2009Archivo de preguntas Charla Informativa

Dirigida a jefes de Recurso Humanos de la Administración Central

Preguntas Ley 20.212

Preguntas sobre la compatibilidad para impetrar el Bono Post Laboral con el beneficio establecido en la Ley 20.212.

Consultas y dudas sobre aplicación de Ley 20.305

D) Documentos de consulta

Modelo certificado

Diseñado para aquellos servicios que deban acreditar años de antigüedad de un funcionario como antecesor legal en otro servicio u órgano público.

Presentación sobre la Implementación del Bono Post Laboral


  • MODELOS ACTOS ADMINISTRATIVOS PARA LOS MUNICIPIOS:




Modelo concesión de bono cobertura general
Ejemplos - Aplicación IPC Factor de Actualización

Cómo aplicar el factor de actualización para el cálculo de las remuneraciones promedio que exige la Ley N°20.305


Preguntas frecuentes
Manual de implementación de la Ley N°20.305
MODELO acto adm. concesión del bono cobertura general año 2010
Dictamen N° 64.151, de 17/11/2009 emitido por la Contraloría General de la República.

Pronunciamiento emitido por la Contraloría sobre la ley N° 20.305, en los siguientes temas:

a) Personas que obtuvieron pensión de invalidez con anterioridad a la vigencia de la ley.

b) Personas que obtuvieron pensión de vejez anticipada por haber realizado trabajos pesados con anterioridad a la vigencia de la ley.

c) Plazo que tienen los funcionarios para pedir el beneficio y terminar sus servicios. Distinguir entre los trabajadores que cumplan la edad exigida 65 ó 60 años de edad, según sea hombre o mujer) luego de la entrada en vigencia y los que a esa fecha ya cumplían tal condición (artículo 1° transitorio).

d) Fecha máxima que tienen los trabajadores para cesar en labores y acceder al bono de la ley N° 20.305 conjuntamente con los beneficios en las leyes N°s 19.882 y 20.212.


Minuta dictamen N° 18.011 de 2010, de la Contraloría